Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Sábado 8 de diciembre de 2001
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Política
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SABADO Ť 8 Ť DICIEMBRE Ť 2001

Ť El Senado, a un paso de ratificar convenios internacionales sobre derechos humanos

México se comprometerá a no tolerar desapariciones

Ť Un acuerdo establece la imprescriptibilidad de crímenes de guerra y de lesa humanidad

ANDREA BECERRIL

El Senado de la República tiene ya listos los dictámenes para aprobar dos de los principales instrumentos internacionales para la defensa de los derechos humanos, aunque ninguno operará en el caso de los desaparecidos políticos ni de hechos ocurridos antes de la entrada en vigor de ambos.

Se trata de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. En esta última se deja a los militares a salvo de ser juzgados, bajo el argumento de que la Constitución mexicana reconoce el fuero de guerra.

El gobierno foxista propuso la ratificación de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, pero dejando fuera el artículo 9 de la misma, donde se precisa que los responsables de ese delito de lesa humanidad no podrán ser juzgados bajo jurisdicciones especiales, en particular la militar.

El artículo reservado advierte también que "los hechos constitutivos de la desaparición forzada no podrán considerarse como cometidos en el ejercicio de las funciones militares", y que "no se admitirán privilegios, inmunidad ni dispensas especiales en tales procesos".

Sin embargo, en el dictamen -al que ya se dio primera lectura en la pasada sesión del Senado- "se formula reserva expresa al artículo 9, ya que la Constitución Política reconoce el fuero de guerra cuando el militar haya cometido algún ilícito encontrándose en servicio".

Se asegura también que el fuero de guerra no constituye jurisdicción especial en el sentido que lo marca la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, "ya que conforme al artículo 14 de la Constitución mexicana, nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho".

Los compromisos

Bajo esa salvedad, se precisa en el dictamen, al ratificar la convención el gobierno mexicano se compromete a "no practicar, permitir o tolerar la desaparición forzada de personas, ni aun en los casos de emergencia, excepción o suspensión de garantías individuales"; adoptar las medidas legislativas que fueran necesarias para tipificar ese delito; sancionar en el ámbito de su jurisdicción a los autores y cómplices de ese ilícito, así como la tentativa del mismo.

Asimismo, el gobierno mexicano adquiere el compromiso de establecer la imprescriptibilidad de ese delito o, en su defecto, cuando exista una norma de carácter fundamental que impida la adopción de esta circunstancia, fijar un plazo igual al del delito más grave que consigne la legislación interna.

Otro de los instrumentos internacionales que pasarán al pleno senatorial en la próxima sesión del lunes, para su ratificación, es el que se refiere a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, por el que el gobierno federal "se obligaría a adoptar las medidas necesarias para que la prescripción de la acción punitiva del Estado, que en nuestro sistema jurídico nacional rige como regla general, no opere tratándose de esta clase de delitos que atentan contra los derechos fundamentales de la persona, evitando su impunidad".

Sin embargo, el gobierno mexicano aclara -en una declaración interpretativa- que únicamente considerará imprescriptibles los crímenes de guerra y de lesa humanidad "cometidos con posterioridad a su entrada en vigor para México", ello con fundamento en el artículo 14 constitucional.

Esto significa que pese a ratificar esa convención, adoptada por la Organización de Naciones Unidas en noviembre de 1968, ya no se considerá imprescriptibles las desapariciones forzadas de la llamada guerra sucia de los años 70 y 80, ni la masacre del 2 de octubre en Tlatelolco, y ni siquiera las recientes de Aguas Blancas y Acteal.

Se argumenta que la postura del gobierno mexicano no implica exclusión ni modificación de los efectos legales que persigue la convención, pero "es necesario armonizar los principios que integran nuestro sistema jurídico, con los que conducen las relaciones de la sociedad internacional, porque no es posible que ante la consumación de actos de barbarie tan repugnantes, sigamos alegando la prescripción de las acciones en contra de los responsables".

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