Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 27 de diciembre de 2001
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Política
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Ť Iniciará en enero programa de Semarnat dirigido a prestadores de servicios

Condonarán adeudos a quien sanee aguas residuales

ANGELES CRUZ

Para empezar a resolver el problema nacional generado por el incumplimiento en el pago por uso de agua, la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (Semarnat) informó que a partir del próximo primero de enero condonará los adeudos a los prestadores de servicios que realicen programas de saneamiento de aguas residuales.

El plazo para presentar las propuestas vence el 31 de mayo de 2002 y los proyectos estarían sujetos a aprobación por parte de la Comisión Nacional del Agua (CNA), dependencia que también supervisará el desarrollo de los mismos.

Lo anterior está contenido en el decreto firmado por el presidente Vicente Fox y publicado en el Diario Oficial de la Federación el viernes pasado. Para el titular de Semarnat, Víctor Lichtinger, este es uno de los logros de su administración, pues implicó lograr un consenso entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Conagua y los mismos prestadores de servicios.

El objetivo que se planteó desde principios de año fue abatir el adeudo que tienen con Hacienda los municipios, entidades federativas, el Distrito Federal, así como organismos operadores, comisiones estatales o responsables directos del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales y al mismo tiempo, impulsar el reciclamiento del vital líquido.

Y es que hasta ahora, la gran mayoría de estos prestadores de servicios se abastecen de las aguas nacionales, no pagan el derecho correspondiente y prácticamente no hacen nada para evitar la contaminación de los mantos acuíferos.

De acuerdo con el decreto presidencial, la condonación y exención de los créditos fiscales generados por los adeudos en el pago de derecho de uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales, incluye actualizaciones, multas y recargos. Además, serán efectivos cuando las descargas hayan rebasado los límites máximos permisibles por la Ley Federal de Derechos.

La solicitud ante CNA deberá acompañarse de diversos documentos, entre ellos el reconocimiento de los créditos fiscales generados por concepto del derecho por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la nación como cuerpos receptores de descargas de aguas residuales.

El deudor tendrá que establecer el monto del crédito fiscal a valor histórico, actualizaciones, recargos y multas, conforme al cálculo que se realice en términos de las disposiciones fiscales aplicables.

Con relación al proyecto de saneamiento de las aguas residuales, necesario para ser beneficiario de la condonación o exención del adeudo, éste podrá ser individual o colectivo. Deberá contener las etapas de ingeniería básica, proyecto ejecutivo, construcción y puesta en marcha, que asegure que los contaminantes de las descargas se encuentren dentro de los límites máximos permisibles establecidos por la Ley Federal de Derechos y la Norma Oficial Mexicana NOM-01-ECOL-1996.

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