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Reglas de cumplimiento obligatorio: Assa Cristina Laurel

Las mujeres que requieran un aborto legal deberán recibir trato digno, con oportunidad y confidencialidad: GDF

· Se reconoce el derecho de objeción de conciencia de los médicos/as, excepto cuando está en riesgo inminente la vida de la embarazada

 
La Secretaría de Salud (Ssa) del Distrito Federal giró una circular en la que establece los lineamientos generales de organización y operación para que en los servicios de salud capitalinos se atienda a las mujeres que requieran la interrupción de un embarazo si corre peligro la vida de la mujer, si el feto presenta malformaciones congénitas, por inseminación artificial forzosa y por violación, tal como lo establece el Código Penal local.
La titular de esa dependencia, Assa Cristina Laurel, comentó que se hizo una consulta acerca de si la secretaría podría emitir un reglamento para dar cumplimiento a la denominada Ley Robles y "la opinión jurídica fue que no les correspondía", por ello es que se decidió emitir una circular "que tiene acatamiento obligatorio".
Dicho ordenamiento establece que la interrupción del embarazo es posible hasta la semana número 20 de la gestación en condiciones de atención médica seguras. Cuando éste deba efectuarse por motivos de violación o inseminación artificial forzosa, deberá presentarse la autorización del Agente del Ministerio Público.
Cuando esté en peligro la integridad física de la mujer, deberá existir el aval de médico especialista que atienda a la embarazada y el dictamen de otro médico especialista. "En caso de que la demora sea peligrosa para la gestante, podrá prescindirse del veredicto del segundo médico".
Si el producto presenta malformaciones, se realizará el aborto siempre y cuando exista el diagnóstico de dos médicos expertos en la materia, adscritos a unidades médicas del sector público, social y privado.
Quienes lleven a cabo los abortos, deberán ser, "preferentemente", médicos gineco-obstetras o cirujanos generales que acrediten su especialidad y pertenezcan al sector público, social o privado. Los médicos de unidades de primer nivel, como Centros de Salud, deberán canalizar adecuadamente y de forma oportuna a las mujeres que requieren de un aborto legal, a un hospital "en donde se practiquen procedimientos de interrupción legal del embarazo". El personal médico que realice esa función, lo hará a través de un trato digno, de respeto a la confidencialidad.
En el párrafo décimo, la circular señala que los profesionales de la salud "podrán abstenerse" de practicar el aborto legal, "argumentando razones de conciencia, salvo en los casos en que se ponga en riesgo inminente la vida de la embarazada".
Asimismo, expresa que "las unidades médicas en las cuales podrá realizarse la interrupción del embarazo serán todas aquellas pertenecientes a la Ssa del DF, o aquellas que cuenten con más de 30 camas censables, quirófano equipado, y personal médico y paramédico debidamente capacitado y adiestrado".
"Las autoridades de la unidad hospitalaria, agilizarán los trámites administrativos necesarios" para que el procedimiento de interrupción se realice lo más pronto posible. Tendrá que resolverse a la mujer embarazada en un máximo de 10 días "naturales" a partir de la primera consulta, a fin de evitar riesgos y daños a la salud materna, que se incrementan conforme avanza la gestación.
Los médicos, continúa la circular, estarán obligados a informar a la mujer que solicite el cese del embarazo, sobre los riesgos y consecuencias que ello conlleva, para que ella decida libre y responsablemente si quiere o no interrumpir la gestación.
Aparte de esto, dijo Laurel, se está dando una capacitación muy intensa respecto a lo que es el uso de la anticoncepción de emergencia, para que pueda ser utilizada en todos los ministerios públicos donde se hace la denuncia de violación y también se está dando información para que las mujeres conozcan esta forma de anticoncepción.
Prácticamente en todos los hospitales materno-infantiles y en los generales están conformados los equipos multidisciplinarios que van a atender a las mujeres que soliciten un aborto legal, informó.
Precisó que debido a que se reconoce el derecho de objeción de conciencia de los médicos/as, no ha habido mayores conflictos al respecto. Hasta ahora los grupos Provida, detalló, han hecho algunos pronunciamientos por la circular emitida, pero es necesario "aplicar la ley y por tanto vamos a acogernos a lo que es el estado de derecho, que significa que las leyes se apliquen independientemente de los grupos particulares".
En el sistema de salud del DF, manifestó, se registran tres mil 500 abortos al año: los espontáneos y los provocados. "Nosotros sabemos cuál es el número de abortos atendidos en los servicios, pero no tenemos ninguna posibilidad de distinguir entre lo que son los espontáneos y los que son los provocados, de tal manera que lo que ocurre en la práctica es que llega una mujer con un aborto en proceso y se le atiende, porque viene con una hemorragia, en un proceso de expulsión del producto"
Todas las mujeres que requieran una interrupción legal del embarazo, manifestó, pueden acudir a los servicios de salud del gobierno del Distrito Federal y el aborto "será garantizado" siempre y cuando lo haga dentro del tiempo especificado y con base en las causales reconocidas. (Aleyda Aguirre)
 

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