|
Ausentes
de la discusión para elaborar la propuesta de reforma a la Ley Federal
del Trabajo (LFT) dada a conocer el primero de abril por la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social, las mujeres, que representan 35 por
ciento de la fuerza laboral del país, optaron por elaborar sus propios
planteamientos en los que llenan huecos en torno a temas como la discriminación,
el derecho al trabajo, el hostigamiento sexual, la igualdad de salarios
con respecto al hombre, los mecanismos de ascenso y sus derechos reproductivos,
entre otros.
Tan sólo la
Propuesta de Reforma Laboral con Perspectiva de Género, elaborada
por diversas organizaciones entre las que se encuentran la Red de Mujeres
Sindicalistas, la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios (Fenasib)
y el Grupo de Educación Popular con Mujeres, plantea más
de 66 reformas a la Ley Federal del Trabajo, así como derogaciones
y adiciones a diversos artículos, al igual que la creación
de otros nuevos.
Es una reestructuración
a fondo que sugiere cambiar la percepción en la ley de que "los
derechos de las mujeres trabajadoras sólo se contemplan en relación
con el ejercicio de la maternidad, como se observa en el Título
V de la LFT, llamado ´Trabajo de las Mujeres¨", se dice
en la propuesta, en la que se agrega que tal como está actualmente
ese ordenamiento, las mujeres sólo son consideradas como sujetas
de derecho en lo que se refiere a su función biológica como
madres.
Modificar este patrón
-dice por su parte Marta Heredia, vicepresidenta de la Comisión
de Equidad y Género de la Unión Nacional de Trabajadores
(UNT)- implicaría "que se reconozca la paternidad responsable,
que los hombres tengan derecho a las guarderías y a los permisos
para el cuidado de la familia, porque eso contribuiría a que no
sean sólo las mujeres las que carguen con el peso de los hijos".
Lo primero que habría
que hacer -expresa María Elisa Villaescusa, coordinadora de Mujeres
Trabajadoras Unidas (Mutuac)- es dejar de emplear en la ley el término
genérico "trabajador", para que no quede la menor duda
de que se otorgan los mismos derechos laborales a los hombres y mujeres.
Por ello, habría que modificar el artículo 2 de dicha normatividad,
que dice: "las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio
y la justicia social en las relaciones entre los trabajadores y patrones",
para agregar: "estas normas se refieren siempre, de manera indistinta,
a trabajadoras y trabajadores".
Marta Heredia asegura
que urge legislar sobre el trabajo doméstico y repudiar el examen
de no gravidez, una práctica generalizada. "En las maquiladoras,
por ejemplo, donde las condiciones de seguridad e higiene son terribles
para las mujeres, hay un médico que supuestamente está para
atenderlas, pero es como una especie de laboratorista que aplica mensualmente
exámenes para detectar quién está embarazada. Esa
práctica hay que repudiarla. Ahí se llevan controles exhaustivos
para determinar de inmediato cuándo se embarazan las trabajadoras,
además de los salarios tan bajos y la falta de seguridad e higiene.
Son sometidas a un proceso de trabajo muy intenso, donde no interesa que
haya condiciones adecuadas para ellas".
Las propuestas de
Reformas a la Ley Federal del Trabajo en Torno a la no Discriminación
de las Mujeres, elaborada por Mutuac, el GIRE, Ciesex, Equidad y Diversa,
así como la denominada Propuesta de Reforma Laboral con Perspectiva
de Género, coinciden en temas tan importantes como la discriminación
laboral.
En el documento elaborado
por la Red de Mujeres Sindicalistas, entre otras agrupaciones, se propone
la modificación al artículo 3 para que no puedan establecerse
distinciones, "exclusiones, preferencias o restricciones basadas
en sexo, edad, credo religioso, doctrina política, condición
social, condición física, preferencia sexual, estado civil,
raza, etnia o color de piel, y condición de salud, que tengan por
efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades en el empleo y la
ocupación, la formación profesional, las condiciones y la
admisión al trabajo".
Se agrega que "las
normas de trabajo deben garantizar la eliminación de todas las
formas de discriminación directa e indirecta", y se define
a dicho concepto como un trato diferencial perjudicial para la mujer en
razón de su sexo.
En lo relativo a los
derechos reproductivos, se propone adicionar el artículo 4º
para que se garantice a "las trabajadoras el ejercicio de sus derechos
reproductivos en el momento de su elección, protegiéndose
su salud y la del producto. Toda mujer trabajadora que decida ejercer
ese derecho conservará su empleo y su puesto de trabajo. No podrá
ser despedida bajo ninguna circunstancia. Tendrá derecho a la licencia
materna que marca la presente ley independientemente de la antigüedad
en el empleo".
Sobre la segregación
laboral y la diferenciación laboral, Elisa Villaescusa, de Mutuac,
señala que en su capítulo 4º, artículo 159,
la LFT plantea que el derecho preferencial de ascenso lo da fundamentalmente
la antigüedad, lo que ha disminuido la posibilidad de las mujeres
de acceder a mejores puestos. También la ley plantea que la capacitación
puede determinar el ascenso; sin embargo, las empresas mexicanas no capacitan
a su personal, de tal manera que impera el principio de la antigüedad.
Por ello, en Propuestas
de reformas a la Ley Federal del Trabajo en torno a la no discriminación
de las mujeres se sugiere modificar el artículo 159 de la LFT,
para que se dé preferencia a la capacitación en lugar de
la antigüedad para lograr un ascenso, pero si la empresa no adiestra
al personal, "la persona que trabaja tiene derecho a un ascenso sólo
bajo el criterio de mayor antigüedad".
Sobre el examen de
no gravidez, Villaescusa subraya que se plantea también modificar
el artículo 133 fracción I de la LFT para que quede prohibido
a los patrones solicitar dicha prueba "para otorgar un trabajo o
negarse a aceptar trabajadores por razón de edad o de su orientación
sexual, o por el hecho de que la mujer esté embarazada".
El hostigamiento sexual
queda definido -en la propuesta de la Fenasib y otras organizaciones-
como el conjunto de insinuaciones, propuestas o acciones de carácter
sexual, ya sean verbales o físicas, no provocadas ni aceptadas,
que ofenden y agreden la dignidad de la persona que lo vive, provocando
un ambiente de trabajo desagradable y hostil; mientras, en la que participó
Mutuac se pide agregar una nueva fracción tanto al artículo
133 de la LFT sobre las prohibiciones a los patrones, así como
al 134, que marca las obligaciones de los trabajadores, a fin de explicitar
la prohibición del acoso sexual.
En el tema de las
guarderías, en el documento Propuesta de reforma laboral con perspectiva
de género se plantea cambiar el nombre y contenido del Título
V de la LFT y adicionar un artículo para que tanto hombres como
mujeres tengan derecho a incorporar a sus hijos e hijas al servicio gratuito
de guardería proporcionado por el sistema de seguridad social.
Proyecto de Inmujeres
fusil de propuestas: Villaescusa
La propuesta del Instituto
Nacional de las Mujeres "es una copia de las nuestras", lo que
hizo Inmujeres fue resumirlas, afirma Elisa Villaescusa, mientras que
Rosario Ortiz, vocera de la Red de Mujeres Sindicalistas e integrante
de la Fenasib, asegura que no reflejan el sentir de las trabajadoras,
pues prevalece la visión de que el papel fundamental de la mujer
sigue siendo la maternidad.
Para Marta Heredia,
de la UNT, lo que se ha conocido hasta ahora del documento de Inmujeres
son generalidades; "se intenta considerar los diversos aspectos que
están muy en el ambiente del trabajo de género, pero hay
otras cosas que habría que considerar, como los convenios con la
Organización Internacional del Trabajo", así como las
nuevas relaciones laborales que se establecerán a futuro a partir
de los avances tecnológicos, como el teletrabajo, mediante el que
una persona podrá trabajar desde su casa con un equipo de cómputo
e interactuar con las empresas, como en el caso de Teléfonos de
México.
|