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Se requiere reforma integral a la LFT

Las trabajadoras no son sólo un útero, deben reconocerse sus derechos

* No discriminación, derecho al trabajo, castigo al hostigamiento sexual, igualdad de salarios con respecto al hombre y derechos reproductivos, aspectos incluidos en propuestas de organizaciones de mujeres

Nora Sandoval

  Ausentes de la discusión para elaborar la propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) dada a conocer el primero de abril por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las mujeres, que representan 35 por ciento de la fuerza laboral del país, optaron por elaborar sus propios planteamientos en los que llenan huecos en torno a temas como la discriminación, el derecho al trabajo, el hostigamiento sexual, la igualdad de salarios con respecto al hombre, los mecanismos de ascenso y sus derechos reproductivos, entre otros.

Tan sólo la Propuesta de Reforma Laboral con Perspectiva de Género, elaborada por diversas organizaciones entre las que se encuentran la Red de Mujeres Sindicalistas, la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios (Fenasib) y el Grupo de Educación Popular con Mujeres, plantea más de 66 reformas a la Ley Federal del Trabajo, así como derogaciones y adiciones a diversos artículos, al igual que la creación de otros nuevos.

Es una reestructuración a fondo que sugiere cambiar la percepción en la ley de que "los derechos de las mujeres trabajadoras sólo se contemplan en relación con el ejercicio de la maternidad, como se observa en el Título V de la LFT, llamado ´Trabajo de las Mujeres¨", se dice en la propuesta, en la que se agrega que tal como está actualmente ese ordenamiento, las mujeres sólo son consideradas como sujetas de derecho en lo que se refiere a su función biológica como madres.

Modificar este patrón -dice por su parte Marta Heredia, vicepresidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Unión Nacional de Trabajadores (UNT)- implicaría "que se reconozca la paternidad responsable, que los hombres tengan derecho a las guarderías y a los permisos para el cuidado de la familia, porque eso contribuiría a que no sean sólo las mujeres las que carguen con el peso de los hijos".

Lo primero que habría que hacer -expresa María Elisa Villaescusa, coordinadora de Mujeres Trabajadoras Unidas (Mutuac)- es dejar de emplear en la ley el término genérico "trabajador", para que no quede la menor duda de que se otorgan los mismos derechos laborales a los hombres y mujeres. Por ello, habría que modificar el artículo 2 de dicha normatividad, que dice: "las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre los trabajadores y patrones", para agregar: "estas normas se refieren siempre, de manera indistinta, a trabajadoras y trabajadores".

Marta Heredia asegura que urge legislar sobre el trabajo doméstico y repudiar el examen de no gravidez, una práctica generalizada. "En las maquiladoras, por ejemplo, donde las condiciones de seguridad e higiene son terribles para las mujeres, hay un médico que supuestamente está para atenderlas, pero es como una especie de laboratorista que aplica mensualmente exámenes para detectar quién está embarazada. Esa práctica hay que repudiarla. Ahí se llevan controles exhaustivos para determinar de inmediato cuándo se embarazan las trabajadoras, además de los salarios tan bajos y la falta de seguridad e higiene. Son sometidas a un proceso de trabajo muy intenso, donde no interesa que haya condiciones adecuadas para ellas".

Las propuestas de Reformas a la Ley Federal del Trabajo en Torno a la no Discriminación de las Mujeres, elaborada por Mutuac, el GIRE, Ciesex, Equidad y Diversa, así como la denominada Propuesta de Reforma Laboral con Perspectiva de Género, coinciden en temas tan importantes como la discriminación laboral.

En el documento elaborado por la Red de Mujeres Sindicalistas, entre otras agrupaciones, se propone la modificación al artículo 3 para que no puedan establecerse distinciones, "exclusiones, preferencias o restricciones basadas en sexo, edad, credo religioso, doctrina política, condición social, condición física, preferencia sexual, estado civil, raza, etnia o color de piel, y condición de salud, que tengan por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades en el empleo y la ocupación, la formación profesional, las condiciones y la admisión al trabajo".

Se agrega que "las normas de trabajo deben garantizar la eliminación de todas las formas de discriminación directa e indirecta", y se define a dicho concepto como un trato diferencial perjudicial para la mujer en razón de su sexo.

En lo relativo a los derechos reproductivos, se propone adicionar el artículo 4º para que se garantice a "las trabajadoras el ejercicio de sus derechos reproductivos en el momento de su elección, protegiéndose su salud y la del producto. Toda mujer trabajadora que decida ejercer ese derecho conservará su empleo y su puesto de trabajo. No podrá ser despedida bajo ninguna circunstancia. Tendrá derecho a la licencia materna que marca la presente ley independientemente de la antigüedad en el empleo".

Sobre la segregación laboral y la diferenciación laboral, Elisa Villaescusa, de Mutuac, señala que en su capítulo 4º, artículo 159, la LFT plantea que el derecho preferencial de ascenso lo da fundamentalmente la antigüedad, lo que ha disminuido la posibilidad de las mujeres de acceder a mejores puestos. También la ley plantea que la capacitación puede determinar el ascenso; sin embargo, las empresas mexicanas no capacitan a su personal, de tal manera que impera el principio de la antigüedad.

Por ello, en Propuestas de reformas a la Ley Federal del Trabajo en torno a la no discriminación de las mujeres se sugiere modificar el artículo 159 de la LFT, para que se dé preferencia a la capacitación en lugar de la antigüedad para lograr un ascenso, pero si la empresa no adiestra al personal, "la persona que trabaja tiene derecho a un ascenso sólo bajo el criterio de mayor antigüedad".

Sobre el examen de no gravidez, Villaescusa subraya que se plantea también modificar el artículo 133 fracción I de la LFT para que quede prohibido a los patrones solicitar dicha prueba "para otorgar un trabajo o negarse a aceptar trabajadores por razón de edad o de su orientación sexual, o por el hecho de que la mujer esté embarazada".

El hostigamiento sexual queda definido -en la propuesta de la Fenasib y otras organizaciones- como el conjunto de insinuaciones, propuestas o acciones de carácter sexual, ya sean verbales o físicas, no provocadas ni aceptadas, que ofenden y agreden la dignidad de la persona que lo vive, provocando un ambiente de trabajo desagradable y hostil; mientras, en la que participó Mutuac se pide agregar una nueva fracción tanto al artículo 133 de la LFT sobre las prohibiciones a los patrones, así como al 134, que marca las obligaciones de los trabajadores, a fin de explicitar la prohibición del acoso sexual.

En el tema de las guarderías, en el documento Propuesta de reforma laboral con perspectiva de género se plantea cambiar el nombre y contenido del Título V de la LFT y adicionar un artículo para que tanto hombres como mujeres tengan derecho a incorporar a sus hijos e hijas al servicio gratuito de guardería proporcionado por el sistema de seguridad social.

Proyecto de Inmujeres fusil de propuestas: Villaescusa

La propuesta del Instituto Nacional de las Mujeres "es una copia de las nuestras", lo que hizo Inmujeres fue resumirlas, afirma Elisa Villaescusa, mientras que Rosario Ortiz, vocera de la Red de Mujeres Sindicalistas e integrante de la Fenasib, asegura que no reflejan el sentir de las trabajadoras, pues prevalece la visión de que el papel fundamental de la mujer sigue siendo la maternidad.

Para Marta Heredia, de la UNT, lo que se ha conocido hasta ahora del documento de Inmujeres son generalidades; "se intenta considerar los diversos aspectos que están muy en el ambiente del trabajo de género, pero hay otras cosas que habría que considerar, como los convenios con la Organización Internacional del Trabajo", así como las nuevas relaciones laborales que se establecerán a futuro a partir de los avances tecnológicos, como el teletrabajo, mediante el que una persona podrá trabajar desde su casa con un equipo de cómputo e interactuar con las empresas, como en el caso de Teléfonos de México.

 

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