Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Viernes 21 de febrero de 2003
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Capital

Reduce penas por destrucción de propaganda

El nuevo Código Electoral del Distrito Federal no regula precampañas

El nuevo Código Electoral para la ciudad de México que aprobó la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el 3 de julio de 2002 y entró en vigor en noviembre pasado no prevé algún tipo de regulación para las precampañas de los partidos políticos, al pasar sin muchos cambios los 10 artículos vigentes del anterior código (cuatro habían sido derogados) a la nueva normatividad en la materia.

La reforma más importante se refiere a la destrucción, distorsión, ocultamiento, apoderamiento o retiro de propaganda política (artículo 359) "durante el proceso electoral y hasta la jornada electoral", que tenía pena de uno a cinco años de prisión y multa de 50 a 300 días de salario mínimo, y que se reduce entre seis mesesy un año y de 100 a 300 días de multa.

Los gastos de campaña que pueden ser objeto de sanción penal a los candidatos o funcionarios partidistas se refieren únicamente a las campañas, al "utilizar fondos provenientes de actividades ilícitas para su campaña electoral a sabiendas de esta circunstancia" o al excederse "en el monto de los topes para gastos de campaña establecidos de acuerdo con los criterios legalmente autorizados con anterioridad a la elección" (artículo 356, fracciones VII y VIII).

En el artículo relacionado con los delitos electorales cometidos por servidores públicos (352) se cambió la frase: "se podrá imponer", por "se le impondrá", además de la pena correspondiente a la falta cometida, la destitución del cargo e inhabilitación por uno a cinco años para desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión.

Asimismo se añadió un párrafo que penaliza con la suspensión de derechos políticos por el mismo periodo.

El nuevo Código Electoral para el DF no penaliza la reunión y transporte de ciudadanos para llevarlos a votar; señala únicamente que se sancionará con seis meses a tres años de prisión a quien "coarte al elector su libertad para emitir el voto" el día de los comicios. ANGEL BOLAÑOS

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