Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Miércoles 12 de marzo de 2003
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Política

Trascendió que el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia dará prioridad a ese asunto

Difícil que se puedan adelantar tiempos en el caso Amigos de Fox: fuentes de la SCJN

Consideran comprensible la prisa que tiene el presidente del IFE, José Woldenberg

JESUS ARANDA

Aun cuando es comprensible la prisa que tiene el consejero presidente del Instituto Federal Electoral (IFE), José Woldenberg, para que los jueces resuelvan los recursos pendientes sobre las cuentas de Amigos de Fox, los procesos judiciales tienen sus propios tiempos, sobre todo cuando se habla de amparos en los que al menos hay dos instancias y dependen de los recursos que interpongan las partes involucradas, señalaron ayer fuentes judiciales.

En tanto trascendió que el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia le dará "prioridad" y presentará su proyecto de dictamen al pleno de la Suprema Corte "lo antes posible", respecto al amparo en revisión 00497/2003-00, que interpuso BBVA Bancomer ante el máximo tribunal en contra de la sentencia del juzgado sexto de distrito en materia administrativa que sobreseyó el amparo 1048/2002-II, en el que se oponían a la solicitud que hizo el IFE a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para tener acceso a las cuentas de Amigos de Fox.

Sobre el particular, funcionarios de la Corte explicaron que la sentencia que emita en su momento el máximo tribunal en este amparo en revisión, interpuesto por Bancomer, tendrá un efecto limitado para el demandante.

Si el pleno de la Corte adopta una decisión mayoritaria concediendo o negando el amparo, la jurisprudencia que emitan los ministros podría tener carácter obligatorio. Así se espera que, en tanto resuelve la Corte, todos los procesos pendientes en juzgados y tribunales sobre secreto bancario que involucren a los Amigos de Fox estarían congelados, esperando la decisión del máximo tribunal.

En todo caso, los procesos legales referentes a las cuentas de Amigos de Fox no tendrán una resolución "automática" por la decisión que se adopte en la Corte, sino que dichos juicios continuarán con los tiempos legales correspondientes.

Por lo que respecta a las críticas hechas por Woldenberg a los jueces federales por tardarse en resolver las amparos interpuestos por Lino Korrodi y sus empresas y Carlota Robinson para evitar que el IFE tenga acceso a sus cuentas bancarias, los funcionarios comentaron que es entendible que el consejero presidente considere que los tiempos se han alargado demasiado sin que haya un dictamen definitivo, pero los juzgados federales tienen un cúmulo de trabajo importante que se desahoga de acuerdo con la capacidad de trabajo de cada órgano jurisdiccional.

Además, indicaron, debe recordarse que los amparos son procedimientos complejos que constan al menos de dos instancias -la primera ante un juez de distrito y la segunda ante un tribunal colegiado-, y que dependen además de si las partes interponen recursos de revisión, peritajes y otros procedimientos que deben ser tomados en cuenta y que, necesariamente, alargan el fallo.

En cuanto a la forma como el amparo interpuesto por Bancomer llegó a la Corte, y no fue directamente a un tribunal colegiado, como ha ocurrido al menos con dos amparos interpuestos por los Amigos de Fox, las fuentes comentaron que ello se debe a que impugnaron la constitucionalidad de los artículo segundo y décimo noveno de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como de los artículos 117 y 118 de la Ley de Instituciones de Crédito, por lo que la Corte se abocó al conocimiento del asunto.

Los preceptos impugnados por su presunta inconstitucionalidad son: artículo 2 de la ley de la CNBV: ''La comisión tendrá por objeto supervisar y regular, en el ámbito de su competencia, a las entidades financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento..., también será su objeto supervisar y regular a las personas físicas y demás personas morales, cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero.

Artículo 19: ''Las entidades del sector financiero sujetas a la supervisión de la comisión estarán obligadas a proporcionarle los datos, informes, registros, libros de actas, auxiliares, documentos, correspondencia y en general la información que la misma estime necesaria en la forma y términos que les señale''.

Artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito: ''Las instituciones de crédito en ningún caso podrán dar noticias o información de los depósitos, servicios o cualquier tipo de operaciones, sino al depositante, deudor, titular o beneficiario que corresponda, a sus representantes legales o a quienes tenga otorgado poder para disponer de la cuenta o para intervenir en la operación, salvo cuando la pidieren, la autoridad judicial por orden dictada en juicio en el que el titular sea parte o acusado y las autoridades hacendarias federales por conducto de la CNBV para fines fiscales..., las instituciones de crédito están obligadas a proporcionar a la CNBV, toda clase de información y documentos''.

Artículo 118: ''Con la salvedad de toda clase de información que sea solicitada por la CNBV, la violación del secreto bancario... constituirá responsabilidad civil de la institución (bancaria) por los daños y perjuicios ocasionados, sin perjuicio de las responsabilidades penales procedentes''.

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
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