Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 20 de abril de 2003
  Primera y Contraportada
  Editorial
  Opinión
  Correo Ilustrado
  Política
  Economía
  Cultura
  Espectáculos
  CineGuía
  Estados
  Capital
  Mundo
  Sociedad y Justicia
  Deportes
  Lunes en la Ciencia
  Suplementos
  Perfiles
  Fotografía
  Cartones
  Librería   
  La Jornada de Oriente
  La Jornada Morelos
  Correo Electrónico
  Búsquedas 
  >

Sociedad y Justicia
Podrían declararse concesiones de utilidad pública en caso de encarecimiento

Proponen modificar patentes de medicamentos para cáncer y sida

El dictamen, en el orden del día de las tres próximas sesiones de la Cámara de Diputados

ROBERTO GARDUÑO

La Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados elaboró un dictamen para modificar el artículo 77 de la Ley de la Propiedad Industrial, con objeto de que la explotación de las patentes dedicadas a la atención de enfermedades graves, como cáncer y sida, se declaren concesiones de utilidad pública en caso de encarecimiento de los medicamentos para la población afectada.

El proyecto, respaldado por la Comisión de Comercio de la Cámara de Diputados, espera su inclusión en el orden del día de las próximas tres sesiones ordinarias. No obstante, Bernardo de la Garza, coordinador de la bancada del Partido Verde, acusó: "Armando Salinas, presidente de la Mesa Directiva, se ha opuesto al contenido del dictamen, y eso es lo más inexplicable para todos nosotros, porque se trata de una modificación que beneficiará sin duda a los mexicanos más pobres".

Los cambios propuestos a la Ley de la Propiedad Industrial manifiestan que por causas de emergencia o seguridad nacional, o en los casos de enfermedades graves declaradas de atención prioritaria por el Consejo de Salubridad General y mientras duren éstas, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), por declaración que se publicaría en el Diario Oficial de la Federación, determinaría que la explotación de ciertas patentes se haga mediante la concesión de licencias de utilidad pública, en los casos en que de no hacerlo así se impida, entorpezca o encarezca la producción, prestación o distribución de satisfactores básicos o medicamentos para la población.

"En los casos de enfermedades graves, el Consejo de Salubridad General hará la declaratoria de atención prioritaria, por iniciativa propia o a solicitud por escrito de institutos o asociaciones involucradas o especializadas en la enfermedad, en la que se justifique la necesidad de la atención prioritaria a la enfermedad considerada en la solicitud. Publicada la declaratoria del Consejo en el Diario Oficial de la Federación, empresas farmacéuticas podrán solicitar la concesión de la licencia de utilidad pública al IMPI y éste la otorgará, previa audiencia de las partes, incluyendo a los titulares de la o las patentes, en un plazo no mayor a 90 días contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, con la respectiva calificación que realice la Secretaría de Salud de la capacidad técnica del solicitante."

Además, el IMPI establecerá los montos de las regalías que correspondan al titular de la patente, las cuales no podrán ser mayores a 20 por ciento del precio de venta al público de los medicamentos.

De tal forma, el dictamen manifiesta que la intención de las reformas obedece a que los tratamientos oncológicos son costosos y miles de pacientes desprotegidos tienen que recurrir a sus propios medios para obtener un tratamiento, por lo que, en el mejor de los casos, sus familiares deben financiar las medicinas y el seguimiento profesional de los tratamientos de quimioterapia o quirúrgicos.

"En el caso del sida, en la actualidad hay fármacos que ayudan a prolongar la vida de los pacientes, como el AZT o los antirretrovirales, los cuales controlan
de manera parcial el virus y los síntomas de la enfermedad. Otra novedad en el campo del tratamiento del sida es la llamada terapia triple. Para quien puede pagarla, este mal podría significar sólo una enfermedad crónica y no una pena capital."

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
Día Mes Año