Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 27 de abril de 2003
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P O L I T I C A
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El gobierno de Sinaloa emite el primer reglamento en la materia en el país

Entra hoy en vigor la Ley de Acceso a la Información Pública Gubernamental

ANDREA BECERRIL

Con las más recientes reformas que el Senado aprobó a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se evita el uso indebido de datos personales de los ciudadanos.

La nueva legislación entra hoy en vigor y el gobierno de Sinaloa fue el primero en emitir un reglamento, el cual consta de 10 capítulos en los que se señala la información mínima que debe ser difundida de oficio, como la remuneración mensual de los servidores públicos, por puesto y por compensación bruta, además de los expedientes administrativos que justifiquen el otorgamiento de permisos, concesiones y licencias.

De igual manera, todas las dependencias del gobierno de Sinaloa informarán sobre el destino de los impuestos recaudados y de los recursos públicos que se entreguen vía programas sociales. La única restricción a la Ley de Acceso a la Información Pública será mediante las figuras de documentos reservados y confidenciales, según establece la propia legislación.

En el Senado de la República se formularon modificaciones a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental -publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2002-, las cuales consistieron en derogar la fracción I del artículo 22, que contemplaba la posibilidad de proporcionar datos personales, aun sin consentimiento, cuando sean necesarios para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia en caso de enfermedad o la gestión de servicios de salud, sin que pueda recabarse su autorización.

De manera unánime se aprobó derogar esa fracción, por considerar que contraviene las garantías de legalidad y seguridad jurídica consagradas en la Constitución, sobre el principio de que ningún interés público puede estar por encima de la protección que las garantías individuales otorgan a los que se encuentran en el país. Los senadores determinaron que la información de los expedientes que obtengan los médicos de sus pacientes deberá ser tratada con las más estricta confidencialidad.

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