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México D.F. Viernes 5 de marzo de 2004

Resuelve en favor de SLP controversia sobre intento de descontar recursos federales

Determina la SCJN que el gobierno no puede comprometer participaciones de los estados

JESUS ARANDA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el gobierno no tiene atribuciones para comprometer las participaciones federales que le corresponden a los estados de la República y garantizar con éstas el pago de obligaciones por el incumplimiento de convenios en el marco del Tratado de Li- bre Comercio de América del Norte (TLCAN).

La decisión de la SCJN dio la razón al gobierno de San Luis Potosí, el cual solicitó la anulación de una orden emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que disponía el pago de 16 millones 2 mil 433 dólares a la empresa estadunidense Metalclad Corporation, según la resolución emitida por un tribunal internacional que obligó a México a indemnizar a la citada compañía.

El máximo tribunal del país adoptó así una decisión histórica. Por un lado, es la primera vez que conoce de un asunto en el que un tribunal resuelve contra el gobierno mexicano; y por otra parte, determinó que la Secretaría de Hacienda no tiene facultades para descontar recursos a los estados para saldar deudas originadas en el incumplimiento de acuerdos pactados por la Federación.

Este asunto se deriva de un acuerdo mediante el cual Metalclad Corporation construiría en la década de los 90 un basurero para desechos tóxicos en Guadalcázar, San Luis Potosí.

Sin embargo, ante la presión de la ciudadanía, el gobierno estatal solicitó a las autoridades ambientales la clausura de la obra, lo que originó una demanda millonaria contra México, que se dirimió en el extranjero.

Finalmente, se le dio la razón a la compañía estadunidense y se fijó la millonaria indemnización.

Al enterarse del adeudo, la Secretaría de Hacienda envió al gobierno estatal, el 8 de marzo de 2002, el oficio 101-246 en el que "invitaba" a las autoridades a que pagaran el adeudo o en caso contrario se haría un descuento de las participaciones federales que le correspondían.

La intervención de la SCJN impidió que se realizara el descuento hasta que se resolviera si procedía o no "el ajuste de participaciones".

Ayer la Suprema Corte determinó que si bien San Luis Potosí tiene un convenio de coordinación fiscal con Hacienda, en éste "no se comprometen las participaciones federales que le corresponden al estado actor por concepto de ingresos federales para garantizar el pago de obligaciones que resulten al gobierno mexicano por el incumplimiento del Tratado de Libre Comercio de América del Norte".

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