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México D.F. Domingo 21 de marzo de 2004

Sancionarán a congresistas faltistas y a los que usen su escaño para obtener beneficios

Lista en el Senado, iniciativa que prohíbe a los legisladores ejercer como litigantes

Se propone crear un consejo que se encargaría de aplicar las medidas disciplinarias

ANDREA BECERRIL

Con dedicatoria para Diego Fernández de Cevallos, la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias del Senado de la República tiene listo el proyecto de dictamen para modificar la ley que rige al Congreso, a fin de sancionar a legisladores que incurran en tráfico de influencias y conflictos de interés e incumplan sus tareas legislativas.

La propuesta para reformar la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos sanciona con mayor severidad a los senadores que faltan, tanto a las sesiones plenarias como al trabajo en comisiones, pero la parte to- ral de la legislación es la que impide que los legisladores realicen actividades privadas que les representen beneficios económicos al mismo tiempo que son representantes electos.

En ese sentido se establece que aquellos senadores que "invoquen o permitan que se utilice su condición de representantes populares para fines ajenos al ejercicio de su mandato, obteniendo para sí o para otro, prebendas, privilegios o cualquier otro beneficio indebido" se les aplicarán sanciones disciplinarias que incluyen suspensión de sus derechos por un año y la pérdida del carácter de legislador.

"También se aplicarán las mismas sanciones al senador que contraiga compromisos con empresas, agrupaciones o asociaciones de defensa de intereses particulares que impliquen un mandato imperativo referente a su actividad parlamentaria", según el proyecto.

Proyecto elaborado por un panista

El proyecto fue elaborado por el presidente de la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias, el senador del PAN Jesús Galván, y se está discutiendo al interior de ese organismo para aprobarlo y presentarlo como iniciativa al pleno.

Las conductas de Diego Fernández de Cevallos y el ahora senador con licencia, Jorge Emilio González Martínez -mejor conocido como el Niño Verde- aceleraron los trabajos para conformar una legislación anticorrupción. El primero, porque al mismo tiempo que preside la Junta de Coordinación Política litiga contra dependencias del gobierno federal o se dedica a asesorar a empresarios corruptos, y el segundo porque inclumplía sus tareas, ya que prácticamente no se presentaba al Senado.

Por ello, otra parte central de la reforma propuesta es la de penalizar con severidad las inasistencias. De tal forma que cuando un senador falte 10 días consecutivos sin causa justificada o sin licencia del presidente de la Cámara, se llamará a su suplente por el lapso que reste del periodo legislativo que esté corriendo.

Igualmente, al senador que acumule tres "ausencias consecutivas" a las reuniones de las comisiones a las que pertenezca, la Junta de Coordinación Política lo sustituirá por otro legislador de su mismo grupo parlamentario".

Además, habrá un consejo de disciplina parlamentaria que "ordenará a la Secretaría de Servicios Administrativos descontar al senador los días en que hubiera faltado injustificadamente al pleno, así como el monto de la multa que se le haya impuesto".

Las sanciones que podrá aplicar ese consejo van desde la amonestación pública, censura simple, censura con expulsión temporal, censura con expulsión definitiva de comisión, multa, suspensión de derechos y prerrogativas ciudadanas por un año y pérdida del carácter de senador.

La amonestación pública se aplicará a aquel senador que desobedezca los llamados al orden, la cortesía o la disciplina que le formule el presidente de la mesa directiva o aquel que profiera amenazas, provocaciones y expresiones injuriosas. Asimismo, al que falte a dos reuniones de comisiones.

La censura simple se aplicará a quien acumule dos amonestaciones públicas o falte a tres sesiones consecutivas del pleno camaral. Se ejercerá la censura con expulsión temporal al senador que recurra a la violencia o impida la libertad de expresión en las deliberaciones o el voto durante las reuniones. En estos casos no podrá participar en las deliberaciones durante 30 días.

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