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P O L I T I C A
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México D.F. Domingo 29 de agosto de 2004

El titular de ese órgano no descarta coacción para desaforar a López Obrador

"Desde el poder presidencial" se presionaría a sección instructora

Horacio Duarte señala que el fallo sobre el gobernante capitalino no estará listo antes de febrero

ROBERTO GARDUÑO Y ENRIQUE MENDEZ

El proceso de desafuero contra el jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, no será resuelto en el próximo periodo ordinario de sesiones de la Cámara de Diputados, ya que los cuatro integrantes de la sección instructora, encargados de elaborar el dictamen correspondiente, están obligados a leer 11 mil fojas que integran el expediente, sostuvo el presidente de ese órgano de San Lázaro, Horacio Duarte.

Al informar sobre el estado en que se encuentra el procedimiento de desafuero, el legislador afirmó que la resolución estará lista en febrero o marzo del próximo año, "salvo que desde el poder presidencial se dé la orden de acortar tiempos".

Si procediera el retiro de la protección constitucional a López Obrador, éste tendrá derecho a solicitar la celebración de un juicio sumario, para que en tres meses, como máximo, se dicte sentencia por un delito no grave.

De acuerdo con el titular de la sección instructora, el caso está en ciernes porque el desahogo jurídico de las pruebas y lo delicado del tema requerirán que los cuatro diputados actúen con cuidado extremo. Al final, refiere Duarte, "si el jefe de Gobierno manifiesta que ha decidido contender por la Presidencia, lo podrá hacer sin ningún problema".

Trabajo a paso lento

Los integrantes de la sección instructora trabajan a paso lento por la naturaleza del proceso, y el martes pasado decidieron dejar para el 8 de septiembre el desahogo de pruebas que obran en el expediente, lo cual generó dudas sobre el tiempo que llevará elaborar el dictamen final.

instructora"El 8 de septiembre vamos a sesionar para abordar el tema de las pruebas; pero es posible que ese asunto no se aborde, sino se difiera; no obstante, en caso de que se decida abordarlo, tendremos que desahogar las pruebas.

"Nos hemos planteado 30 días naturales, que empezaron el 17 y el 18 de agosto, así que el 17 o 18 de septiembre se vencerá el primer plazo, aunque el acuerdo en la sección instructora manifiesta que se puede prorrogar por el volumen de las pruebas, y si estamos hablando de que del 24 de agosto prorrogamos al 8 de septiembre, sería una incongruencia que del 8 al 18 de septiembre desahoguemos, y lo lógico será prorrogar otros 30 días para el desahogo de pruebas, hasta el 18 de octubre."

Se le preguntó qué implicará el desahogo de las pruebas del caso. El abogado explicó el procedimiento a seguir en la sección instructora:

"El desahogo de pruebas es el análisis, ver las pruebas, y en las periciales, por ejemplo, ver qué dice el perito, y yo no sé quién puede leer 11 mil fojas en menos de un mes; además, si partimos de que sólo hay un juego de copias, y los integrantes somos cuatro, pues la lectura se dificultará. Si se cerrara el periodo de análisis el 18 de octubre, se abrirían tres días para que la Procuraduría General de la República (PGR) revise de nuevo el expediente, tres días para que lo haga también el jefe de Gobierno y seis días más para alegatos, pero la ley establece que en el periodo de alegatos las partes pueden solicitar una ampliación de hasta 30 días naturales más.

"A partir de que se cierre ese periodo, técnicamente la instructora está en posibilidades de iniciar el análisis jurídico y de redactar un posible dictamen; pero hasta una hora antes de que se vote el dictamen en la instructora se podrán presentar pruebas que hayan aparecido en el último momento (...) y si se diera ese escenario se deberá abrir al menos otro periodo para el desahogo de pruebas. Para los que han planteado que el asunto es inminente, yo he dicho que en 100 días la sección instructora todavía no estará en posibilidades de emitir un dictamen, lo mínimo jurídicamente hablando. Si hubiera una decisión política de acortar los plazos, porque también lo podrían hacer desechando una gran cantidad de pruebas, entonces entramos a darle plenamente la razón al jefe de Gobierno cuando dijo que no era un asunto jurídico, sino político".

-¿Eso implica que el proceso se llevará hasta el año próximo?

-El desahogo de pruebas es muy lento. Pongo un ejemplo: el jefe de Gobierno presentó ocho periciales, y si revisamos el caso reciente, que es el de René Bejarano, ¿cuánto nos llevó desahogar una sola prueba pericial? Prácticamente mes y medio. Y ahora que entremos al periodo ordinario de sesiones, los diputados que integramos la sección instructora trabajamos en otras comisiones y no tenemos forma material de trabajar diario.

"Entonces, creo que el desarrollo de las periciales nos llevará bastante tiempo, e insisto: ¿en cuánto tiempo vamos a leer los cuatro diputados todo el expediente? Y eso es lo mínimo que debemos hacer (...) Todas las documentales que forman parte del expediente son 11 mil hojas; entonces, ésas se deben leer y analizar, y si al final nos dicen que no las van a leer, entonces se estará tomando una decisión política que nada tiene que ver con la ley."

-¿Qué sucedería si se desafuera al mandatario capitalino?

-El escenario jurídico es que el jefe de Gobierno, al ser desaforado, queda a disposición de la PGR, para que ésta consigne su expediente ante un juez. ¿Qué puede pasar? Que el juez abra o no el proceso; puede decir que, de acuerdo con las constancias jurídicas, no abrirá el proceso porque no hay elementos, y entonces la Cámara de Diputados quedará en ridículo por desaforar a alguien a quien un juez declara como un caso desierto porque no hubo elementos. Otro escenario es que sí abra el proceso; entonces el jefe de Gobierno puede solicitar un juicio sumario, para que en tres meses se dicte sentencia; si es en contra, al Ejecutivo capitalino todavía le quedan recursos jurídicos, de apelación, de amparo, y la posibilidad en el amparo de la revisión para que el tema vaya al pleno de la Corte. Hasta entonces, si no hay declaración expresa de la suspensión de sus derechos políticos, el gobernante tiene vigentes esos derechos. Otra posibilidad es que el juez lo declare inocente y entonces se termina el asunto y automáticamente el jefe de Gobierno queda reinstalado en su cargo.

-¿Así podría contender en el proceso electoral de 2006?

-Podrá contender sin mayor problema.

-¿Y en el segundo caso podrá contender?

-Puede contender, salvo que haya disposición y resolución expresa de que le suspendan sus derechos o se le dicte una condena tan pequeña que la cumpla antes del registro de aspirantes y pueda ser candidato...

-Tras una pena económica...

-Efectivamente, tras una pena económica, porque estamos hablando de delitos no graves. Además, dice la ley, el juez al sentenciar debe considerar la peligrosidad del individuo frente a la sociedad, y en ese escenario hay que considerar que en un proceso sumario habrá una presión impresionante al juez, porque el jefe de Gobierno estará en su derecho; entonces se genera una presión contra el juez; ésa es una parte política chingona.

"Está muy clara la percepción de la ciudadanía de que se trata de un tema en el que se busca impedir que el Ejecutivo capitalino siquiera pueda contender electoralmente."

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