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México D.F. Martes 12 de octubre de 2004

Evita que sea detenido o arraigado por la PGJDF

Juez de distrito concede a Bejarano amparo provisional

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

El juez segundo de distrito B de amparo, José Miguel Trujillo Salceda, concedió ayer una nueva suspensión provisional al asambleísta con licencia René Bejarano Martínez, aunque ahora no contra su desafuero, sino para que en caso de que el ex perredista sea arraigado detenido o aprehendido por elementos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), quede a disposición del órgano jurisdiccional federal y no de la autoridad investigadora o de un juez del fuero común, por lo que hace a su libertad personal.

En entrevista, el abogado Luis Argüelles, defensor del legislador, refirió que la solicitud de amparo provisional la presentaron a finales de la semana pasada -dentro del juicio de garantías "de fondo" (2278/2004) que se inició a petición del asambleísta-, porque "teníamos información en el sentido de que las autoridades capitalinas podrían haber solicitado alguna medida cautelar (contra Bejarano), a pesar de que aún cuenta con fuero".

El litigante añadió que "la suspensión que otorgó el juez segundo impide que la procuraduría capitalina pueda cumplimentar órdenes de arraigo o detención mientras mi cliente siga contando con fuero, porque sería una violación el hecho de que no se respete el derecho constitucional que le da el ser diputado local, aún con licencia".

No obstante, la resolución -de la cual La Jornada posee una copia- establece que el quejoso sí puede ser aprehendido o detenido, en virtud de que uno de los delitos que se le imputan es considerado grave y sin derecho a libertad caucional, aunque el juzgador precisa que el inculpado "quedará a su disposición", desde donde se encuentre.

El documento judicial también refiere que se niega la suspensión provisional solicitada por Bejarano respecto al acto reclamado "consistente en el desconocimiento del fuero constitucional, ya que en términos de la Ley de Amparo, ello irrogaría al interés social, puesto que se permitiría que de otorgar la media suspensional al quejoso, en su carácter de servidor público (...) pudieran quedar impunes delitos cometidos por él, en virtud de que los plazos para la prescripción de la acción penal siguen corriendo, lo que evidentemente va en contra de la colectividad".

La resolución judicial también establece: "se niega la suspensión definitiva de los diversos actos reclamados consistentes en la intervención y congelamiento de dos cuentas bancarias (a nombre de Bejarano), dado que constituyen hechos consumados".

Agrega que "se concede la suspensión definitiva para el único efecto de que en caso de ser aprehendido, detenido (...) o arraigado, quede a disposición de este juzgado de distrito, en lugar de que sea recluido o arraigado".

Finalmente, el juez segundo fijó para el próximo 14 de octubre la audiencia incidental a partir de la cual resolverá si concede en definitiva la suspensión a Bejarano.

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