Usted está aquí: martes 31 de mayo de 2005 Política Decisión de la SCJN sobre el presupuesto vulnera la división de poderes: Góngora

Al "crear" el veto parcial del Ejecutivo "sembró nuevos problemas constitucionales"

Decisión de la SCJN sobre el presupuesto vulnera la división de poderes: Góngora

JESUS ARANDA

Ampliar la imagen Genaro David G�ra Pimentel, en desacuerdo FOTO Jos�ntonio L�

La decisión dividida de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de "crear" el veto "parcial" del Presidente de la República en materia presupuestal "vulnera gravemente" los principios de división de poderes, supremacía constitucional y seguridad jurídica, además de que "sembró" nuevos problemas constitucionales que no fueron resueltos por la reciente decisión del pleno de la Corte.

Sostuvo lo anterior el ministro Genaro David Góngora Pimentel, quien agregó que la mayoría de ministros dejó inconcluso "un conflicto entre el presidencialismo dominante que ha caracterizado a nuestro país y una nueva realidad democrática que se refleja en la plural composición de la Cámara de Diputados".

En su voto particular, que fue incluido en la sentencia de la SCJN que ayer fue notificada a la Cámara de Diputados a las 9:50 horas, el ex presidente del máximo tribunal reivindicó también el papel que deben jugar los diputados en la formulación de políticas públicas, y subraya que ésta no es facultad exclusiva del Presidente de la República.

A diferencia de algunos de sus compañeros, como Juan N. Silva Meza y el ministro instructor de la controversia constitucional 109/2005, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Góngora considera que los legisladores no deben seguir los lineamientos de leyes secundarias y documentos como el Plan Nacional de Desarrollo.

Subrayó que el único límite a la actuación de los diputados en materia presupuestal es la Constitución de la República.

En un documento de 108 cuartillas, el ministro cuestiona la decisión mayoritaria (seis votos contra cinco) que concedió al Ejecutivo federal la facultad de vetar el Presupuesto de Egresos de la Federación, y que ordenó a los diputados que conozcan las observaciones que éste hizo el 29 de noviembre al Presupuesto que ya había sido aprobado en la Cámara, con la salvedad de que, para superar las objeciones presidenciales, los legisladores deben contar con las dos terceras partes de los presentes.

En materia de veto, Góngora Pimentel advirtió que en su decisión la SCJN fue más allá de su atribuciones constitucionales, al "interpretar" el artículo 74 constitucional y reconocer el veto "parcial".

"Lo que no aprobó el órgano reformador de la Constitución fue concedido por medio de la resolución de este alto tribunal", indicó. El gran ganador con la resolución, añadió, fue el Presidente de la República, porque la decisión de la Corte le reconoce: facultad exclusiva de iniciativa del Presupuesto de Egresos; derecho de veto; facultad limitadísima de la Cámara de Diputados para hacer modificaciones, subordinada a la ley, y que tendrá que consultar cualquier modificación al secretario de Hacienda; subordinación a la rectoría económica del Estado que el pleno le "atribuye" al Poder Ejecutivo.

En este contexto, cuestionó: "¿Cuál es el papel de la Cámara de Diputados?" Y respondió: "El resultado parece ser el de una oficina de trámite, donde conviene preguntar, no ya sobre la viabilidad democrática de sus facultades, sino sobre la viabilidad de la intervención de la Cámara de Diputados en el proceso presupuestario".

Góngora cuestionó a sus compañeros de la mayoría que determinaron limitar las facultades de los diputados, quienes, insistió, tienen la facultad exclusiva de aprobar el presupuesto, porque olvidaron el papel que juega la Cámara de Diputados como representante del pueblo.

Recordó el ministro que la aprobación del presupuesto es una acción política y que cuando los diputados deciden modificar, crear o asignar partidas adoptan decisiones de política económica.

Si el Ejecutivo cuenta con mayoría en la Cámara de Diputados, añade, no tendrá problemas para sacar adelante su iniciativa, pero si su partido es minoría o si en las elecciones intersexenales el pueblo emite un voto reprobatorio a la gestión presidencial y opta por fortalecer a la oposición, así "resulta evidente que esta decisión electoral no puede ser neutralizada limitando las facultades de la Cámara" y subordinando ésta al Ejecutivo, a pesar de la votación ciudadana.

Góngora concluyó que "es inaceptable" decir que la Cámara de Diputados cuenta con información de "menor calidad" que el Ejecutivo -la cual es la base para la elaboración del Presupuesto-, además de que éste tiene la obligación de proporcionar toda la información que requieran los legisladores para que cuenten con los elementos suficientes para modificar, agregar o quitar recursos al proyecto de Presupuesto de Egresos que envía anualmente el Ejecutivo federal.

 
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