Usted está aquí: viernes 25 de noviembre de 2005 Sociedad y Justicia Decide hoy el máximo tribunal futuro de sindicatos gremiales

Litigio por el control de trabajadores aeronáuticos

Decide hoy el máximo tribunal futuro de sindicatos gremiales

JESUS ARANDA

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá si mantiene su política de apertura a la libertad sindical, o bien opta por negar la posibilidad de que se formen sindicatos gremiales en una misma industria, cuando resuelva hoy el amparo interpuesto por el Sindicato de Trabajadores de la Industria Aeronáutica, Similares y Conexos, que reclama la titularidad del contrato colectivo en esta área.

De acuerdo con información del máximo tribunal, el proyecto de dictamen elaborado por Sergio Salvador Aguirre Anguiano niega el amparo al quejoso; sin embargo, trascendió que no todos los integrantes de esa sala comparten su opinión, por lo que se prevé que la propuesta sea rechazada y se turne a otro ministro para que elabore un nuevo dictamen o, en caso contrario, se otorgue el amparo contra el proyecto.

Funcionarios consultados señalaron que existe también la posibilidad de que alguno de los cinco ministros de la sala plantee que el amparo sea rechazado, aunque lo consideraron "poco probable", en virtud de que fueron los mismos ministros de la sala quienes atrajeron el asunto.

La Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA) concurre al juicio ante el máximo tribunal de justicia en su calidad de tercero interesado, ya que ostenta la titularidad del contrato colectivo, pese a que el sindicato quejoso representa no sólo a pilotos, sino a mecánicos, trabajadores administrativos e incluso pilotos.

Entre los ministros que no comparten el criterio de Aguirre Anguiano hay coincidencia en que más allá de la pugna entre dos agrupaciones por la titularidad de un contrato colectivo, la SCJN tiene ante sí la oportunidad de impulsar la libertad sindical plena cuando determine si la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje -al resolver el laudo del 16 de julio de 2003 en el que se negó la titularidad solicitada al Sindicato de Trabajadores de la Industria Aeronáutica- se apegó a lo que establece el artículo 123, apartado A, fracción XVI.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.