Usted está aquí: viernes 17 de febrero de 2006 Política Interpone el PRD demanda de juicio político con respaldo del PAN

Interpone el PRD demanda de juicio político con respaldo del PAN

Ampliar la imagen Pablo Gómez Alvarez, coordinador de la bancada del PRD Foto: Jesús Villaseca

El gobernador de Puebla, Mario Marín Torres, violó el contenido del artículo 21 de la Constitución "al dar instrucciones al Ministerio Público del estado, invadiendo esferas que no son de su competencia", refiere la demanda de juicio político promovida ayer por el coordinador de la bancada del PRD, Pablo Gómez Alvarez, ante la secretaría general de ese órgano legislativo.

De fructificar la solicitud, que ya fue respaldada por el PAN, por vez primera en 90 años sería posible aplicar un juicio político a un gobernador.

Ayer, mientras se debatía en el pleno camaral la pertinencia de que el PRI respalde la demanda de juicio político contra el priísta Mario Marín, en el área que ocupa la secretaría general dentro del pleno Pablo Gómez entregó el escrito de la solicitud al titular de ese órgano.

El texto refiere que la información publicada en La Jornada divulga hechos que avalan la injerencia de Marín en el entramado de la red de pederastia. La participación del gobernante en los actos referidos, plantea la denuncia, viola el artículo 21 de la Constitución, "al dar instrucciones al agente del Ministerio Público de Puebla, invadiendo una esfera que no es de su competencia, y está ostentando facultades que no tiene".

El artículo constitucional citado refiere a la letra lo siguiente: "La imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial. La investigación y persecución de los delitos incumbe al Ministerio Público, el cual se auxiliará con la policía, que estará bajo su autoridad y mando inmediato. Compete a la autoridad administrativa la aplicación de sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, que únicamente consistirán en multa y arresto hasta por 36 horas; pero si el infractor no pagare la multa que se le hubiese impuesto, se permutará ésta por el arresto correspondiente, que no excederá en ningún caso de 36 horas..."

Al considerar tal infracción a las leyes como constitutivas de la denuncia para pedir juicio político, Pablo Gómez refiere que la actuación de los funcionarios que infrinjan la legislación deberá ser castigada "por el ataque a las instituciones democráticas, a la forma de gobierno republicano, representativo y federal; las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales y sociales; el ataque a la libertad de sufragio; la usurpación de atribuciones; cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicio graves a la Federación, a uno o varios estados de la misma o de la sociedad o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones; las omisiones de carácter grave, en términos de lo anterior, y las violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la administración pública federal o del DF y a las leyes que determinan el manejo de los recursos federales y de la capital.

"Como se desprende de los hechos narrados, el ciudadano Marín Torres incurrió en actos que redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, toda vez que, como se acredita con los elementos de prueba, consistentes en el disco compacto que contiene las grabaciones, se daña a las instituciones y la credibilidad en los principios de imparcialidad, legalidad, honradez y eficacia que deben cumplir todos los servidores públicos."

En el artículo 7 de la Ley Federal de los Servidores Públicos, referente a los perjuicios graves a la Federación, se actualiza "a la perfección", refiere el texto, la violación al artículo 21 constitucional: "Debemos tener claro el hecho de que el gobernador no tiene facultades para ordenar o recomendar a ningún agente del Ministerio Público sobre las determinaciones que éste debe tomar en la investigación de los delitos, debido a que es una prerrogativa exclusiva de los agentes del Ministerio Público".

En ese entendido, la demanda de juicio político se sostiene porque Marín ostenta un cargo público de elección popular y, por tanto, debe garantizar el carácter representativo del sistema democrático, así como promover un ambiente generalizado de libertad, de transparencia y de orden.

"Sobre este punto, con la conducta de Marín se actualizó el supuesto de ataques a las instituciones democráticas y la usurpación de atribuciones, toda vez que se arrogó para sí facultades que le corresponden exclusivamente a los agentes del Ministerio Público", expuso el diputado.

De tal forma, la secretaría general de la Cámara de Diputados, a cargo de Guillermo Haro Bélchez, debió haber turnado ayer mismo a la sección instructora, presidida por el perredista Horacio Duarte, la solicitud de juicio político contra Marín para iniciar el proceso que conduzca a retirar el fuero al gobernante e instruirle proceso penal, en caso de hallársele responsable de violar los derechos humanos de Lydia Cacho.

Roberto Garduño y Enrique Méndez

 
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