Usted está aquí: viernes 17 de febrero de 2006 Política La Corte, obligada a indagar si se le pide

La Constitución lo permite a solicitud del Ejecutivo o el Legislativo federales

La Corte, obligada a indagar si se le pide

Dos casos del siglo XX, con resultados enviados a la Presidencia, quedaron impunes

JESUS ARANDA

En caso de que el Poder Ejecutivo federal, mediante el secretario de Gobernación, Carlos Abascal, o el Legislativo, desde la Cámara de Diputados o el Senado, soliciten formalmente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que investigue la violación de garantías individuales contra la periodista Lydia Cacho, el pleno de ministros no tendrá argumentos para negarse a hacer la indagatoria, como determina el artículo 97 constitucional.

Fuentes judiciales de primer nivel señalaron lo anterior y reconocieron que ante la gravedad de las conversaciones telefónicas divulgadas por La Jornada, entre el gobernador de Puebla, Mario Marín Torres, y el empresario Kamel Nacif, existen elementos suficientes para que uno de los poderes pida la intervención de la Corte y se esclarezcan los hechos. Los funcionarios reconocieron que el caso es de "tal gravedad" que sí se justifica la investigación.

Sin embargo, reconocieron que difícilmente alguno de los ministros propondría que la Corte investigara motu propio. Recordaron que cuando el pleno aceptó la petición del entonces presidente Ernesto Zedillo para investigar la matanza de Aguas Blancas, ocurrida el 28 de junio de 1995, meses antes los mismos magistrados habían rechazado tal posibilidad cuando una organización no gubernamental les solicitó indagar los hechos, con el voto disidente de Genaro David Góngora Pimentel y José de Jesús Gudiño Pelayo.

Es por eso, apuntaron los entrevistados, que si el presidente Vicente Fox o alguna de las cámaras solicita a la Corte que conforme al artículo 97 constitucional investigue la violación grave de garantías individuales de la periodista, los ministros no podrán negarse.

La matanza de Guanajuato

La Corte investigó a mediados del siglo pasado una matanza por motivos electorales en Guanajuato, y al igual que en el caso de Guerrero, determinó que el gobernador sí había violado las garantías, pero cuando el informe se entregó al Ejecutivo -quien pidió la investigación- éste no dio vista a la Procuraduría General de la República y el delito quedó impune.

En cambio, ahora, subrayaron los entrevistados, si en lugar de Fox es el Congreso federal el que pide la investigación, los ministros esperarían que los resultados -en caso de que se determine que hubo violación grave de garantías individuales- sí sean turnados a la PGR para que actúe en el ámbito penal.

El artículo 97 constitucional dice a la letra: "La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún juez de distrito o magistrado de circuito, o designar uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal o alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, o del gobernador de un estado, únicamente para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual..."

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.