Usted está aquí: viernes 25 de agosto de 2006 Política Otro revés a la Femospp en el caso de Nazar Haro

Niega juez orden de captura contra el ex funcionario

Otro revés a la Femospp en el caso de Nazar Haro

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Hace 10 meses el responsable de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), Ignacio Carrillo Prieto, pidió aprehender al ex titular de la Dirección Federal de Seguridad (DFS) Miguel Nazar Haro, por la desaparición del ex guerrillero Rodolfo Reyes Crespo, pero el juez federal Alejandro Hernández Loera, de la ciudad de México, la negó por considerar que no había pruebas suficientes para demostrar el delito de secuestro.

Hace dos días, con base en la misma investigación, Carrillo Prieto intentó obtener ante el juez federal Enrique Vizcarra González, con sede en Guadalajara, Jalisco, la orden de captura contra Nazar, pero 24 horas después (ayer) el impartidor de justicia rechazó conceder la medida cautelar, valiéndose de un argumento similar al de su compañero juzgador.

En esta segunda consignación, el fiscal incluyó la solicitud de orden de aprehensión contra el capitán Luis de la Barreda Moreno, otro ex titular de la DFS, cuando en octubre pasado ni siquiera lo mencionó en la indagatoria.

Fuentes del Poder Judicial Federal revelaron que cerca de las 17 horas de ayer fueron notificados los colaboradores de Carrillo Prieto respecto del fallo judicial en su contra emitido por el juez Vizcarra, titular del juzgado séptimo de distrito de Jalisco.

Desde la mañana y hasta el cierre de esta edición, La Jornada buscó al titular de la Femospp para conocer su postura sobre el caso, pero en su oficina sólo respondieron que el funcionario "estaba en una reunión y no podía tomar la llamada".

Según consta en el expediente del caso, Reyes Crespo fue detenido en Guadalajara, Jalisco, en 1973, y luego enviado presuntamente a las instalaciones de la DFS en la ciudad de México. Desde entonces se desconoce su paradero.

Este mismo caso fue consignado penalmente en octubre de 2005 ante el juez Hernández Loera, titular del juzgado décimo octavo de distrito con sede en el Reclusorio Norte de la ciudad de México.

En 24 horas, por tratarse de delito grave (privación ilegal de la libertad), el juzgador estudió el asunto y llegó a la conclusión de que no se pudo comprobar el cuerpo del delito imputado a Nazar, por lo que negó la orden de aprehensión.

La Femospp también pidió en octubre de 2005, basada en la misma acusación, la captura de Esteban Guzmán Salgado, ex agente de la DFS. Inconforme con el fallo, el funcionario impugnó el resolutivo ante el primer tribunal unitario, pero un mes después se desistió de la apelación.

Ahora, 10 meses después -cuando el fiscal enfrenta acusaciones penales en la PGR de parte de Nazar y De la Barreda, y luego de que ha perdido en tribunales la mayoría de los juicios que inició desde 2003 por asuntos relacionados con desapariciones forzadas y las matanzas del 2 de octubre de 1968 y 10 de junio de 1971-, el titular de la Femospp volvió a consignar penalmente el caso de Reyes Crespo y también lo perdió.

De acuerdo con las fuentes consultadas, la Femospp sí demostró, de manera indiciaria, que Reyes Crespo fue detenido ilegalmente y luego trasladado a la DFS, donde presuntamente policías federales lo sometieron a torturas, pero las pruebas no fueron suficientes para acreditar que el ex guerrillero hubiera sido desaparecido.

Información que consta en la averiguación previa Femospp/140/2003 indica que entre el 23 y 25 de diciembre fue detenido el ex guerrillero. Así lo denunció una mujer que se identificó como Alicia Estela, también ex integrante de la Liga Comunista 23 de Septiembre. Declaró que al momento de la detención se encontraba en Guadalajara en compañía de Reyes Crespo.

Después de una balacera entre agentes de la DFS y miembros del grupo guerrillero, los trasladaron al DF. Ahí fueron severamente golpeados, al grado de que a "Reyes Crespo lo vi prácticamente moribundo el 25 de diciembre", dijo la denunciante.

Los informantes indicaron que al negar las órdenes de captura, el juez dejó claro que los elementos probatorios no demostraron un secuestro, sino en todo caso un homicidio o abuso de autoridad.

 
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