Usted está aquí: jueves 28 de septiembre de 2006 Sociedad y Justicia Legaliza la Corte máquinas para vender fármacos

Legaliza la Corte máquinas para vender fármacos

Por cuatro votos contra uno, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló ayer la prohibición establecida en la Ley General de Salud para vender en máquinas expendedoras automatizadas medicamentos que no requieren receta médica.

Lo anterior, al resolver un amparo en revisión en contra del último párrafo del artículo 226 de la Ley General de Salud, que impedía la venta de fármacos por ese método, pero que, en cambio, autorizaba la comercialización de dichos productos en tiendas de autoservicio, abarrotes y tiendas departamentales.

El recurso presentado por una empresa farmacéutica considera que dicho artículo otorga trato desigual e injustificado para quienes desearan surtir los medicamentos con máquinas automáticas porque, por ejemplo, en las tiendas de abarrotes es posible la venta, al considerar que las condiciones de almacenamiento y manejo son suficientes como para no afectar la salud. En consecuencia, señalan que la legislación no puede considerar que las máquinas expendedoras sí requieren esas condiciones.

El quejoso argumentó que el derecho a la accesibilidad se ve afectado con la legislación citada, ya que impide adquirir medicamentos que no requieren receta mediante máquinas que estén disponibles las 24 horas del día en lugares accesibles.

Jesús Aranda

 
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