Número 135 | Jueves 4 de octubre de 2007
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Directora general: CARMEN LIRA SAADE
Director: Alejandro Brito Lemus

Crea jurisprudencia quinto fallo a favor de militares con VIH
Mario Alberto Reyes y Christian Rea Tizcareño La Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a un militar dado de baja del Ejército Mexicano por vivir con VIH/sida. De esta manera, sentó jurisprudencia para que todo integrante de las fuerzas armadas que sea despedido por esta causa, pueda recurrir a los juzgados federales para revertir la medida. Con dicha acción, los magistrados declararon inconstitucional el numeral 45 del artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM), el cual hasta el momento, permite dar de baja a todo aquel elemento afectado por la epidemia, lo que lo despoja de prestaciones como la atención médica y el suministro de medicamentos. Sin embargo, la decisión de los magistrados no beneficia a los militares que no puedan promover una demanda de amparo dentro de un plazo de dos semanas a partir de la notificación de baja de las filas castrenses.

Durante la sesión, el ministro Mariano Azuela se opuso a brindar el amparo a los militares por considerar que la Ley del ISSFAM no viola los derechos humanos de quienes consideró “inútiles para el servicio de las armas”. En ese sentido, destacó el cambio de opinión del magistrado Genaro Góngora Pimentel, quien en febrero pasado
declaró que “en aras del interés público, no se puede permitir que éstas personas sean instrumento de incontables contagios, ni para sus compañeros en servicio ni para la población civil”.

Al respecto, el abogado Pedro Morales Aché, especializado en la defensa de los militares dados de baja por vivir con VIH, dijo a Letra S que no obstante que la decisión de la Corte fortalece el respeto a los derechos humanos, resulta insuficiente porque sólo aplica para quienes puedan interponer un amparo, asimismo, subrayó la urgencia de que el Congreso de la Unión derogue la Ley del ISSFAM con el objetivo de evitar la violación de los derechos humanos de los integrantes Fuerzas Armadas.

Morales Aché calificó la la sentencia como una “lucha parcialmente ganada” porque la Ley del ISSFAM prevé dos causas de baja, la declarada inconstitucional por la Corte respecto al sólo hecho de registrar seropositividad, y la referente a la detección de seropositividad al VIH más infecciones causadas por gérmenes oportunistas de la cual ya se tramita el primer juicio de amparo. Sobre la situación
laboral de los militares amparados, Morales Aché señaló que aún no han sido restituidos, debido a la reticencia de la Secretaría de la Defensa Nacional para dar cumplimiento a las sentencias.

Apertura de género en las Fuerzas Armadas
En la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados se aprobó por mayoría de votos devolver el dictamen que homologa la condición de las mujeres a la de los hombres en el Ejército mexicano, el cual fue desechado en el pasado periodo ordinario de sesiones. A su vez, la Comisión de Equidad y Género aprobó un dictamen que propone la plena integración de las mujeres a las labores militares, a través de la incorporación de la perspectiva de género a las leyes del Ejército y Fuerza Aérea mexicanos. A la par, el general Francisco Gallardo propuso en un foro sobre el tema realizado en San Lázaro reformas al aparato jurídico castrense, entre las que destaca la creación de un ombudsman militar.

Actualmente hay dos mujeres con el grado de general, 592 jefas, dos mil 510 oficiales, y tres mil 493 en la tropa. En 2007, el Heroico Colegio Militar, por primera vez en su historia, aceptó a 215 mujeres en sus aulas, que representan casi el 11 por ciento de los alumnos que admitió la institución en este año; no obstante, aún está restringido su acceso a la carreras “de armas”, como infantería o artillería.