Usted está aquí: miércoles 17 de octubre de 2007 Política Plantean diputados endurecer castigo a desertores de las fuerzas armadas

Buscan evitar que se pongan al servicio del crimen organizado o del narcotráfico

Plantean diputados endurecer castigo a desertores de las fuerzas armadas

Si la falta se comete en campaña militar la pena ascendería a 16 años de prisión, proponen

Enrique Méndez y Roberto Garduño

El presidente de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados, Justiniano González Betancourt, elaboró una iniciativa de nuevo Código de Justicia Militar, con la finalidad de endurecer el castigo contra los desertores de las fuerzas armadas, para evitar que se pongan al servicio de las bandas de la delincuencia organizada, como Los Zetas.

El texto de la iniciativa, publicado en la Gaceta Parlamentaria, manifiesta que se cometerá el delito de deserción cuando los individuos de tropa falten sin impedimento justificado por 72 horas consecutivas a las actividades de la unidad, dependencia, instalación u organismo a que pertenezcan o en el que se encuentren comisionados; tratándose de Clases y Marinería, se queden en tierra, al zarpar el buque a que pertenezcan, siempre que hayan tenido oportuno conocimiento de ello, o falten por 72 horas consecutivas a bordo del barco, y en operaciones militares, se separen sin permiso del superior que tenga facultad para concederlo, del campamento, plaza, buque o punto militar.

Los desertores comprendidos en el artículo que antecede serán sancionados, en tiempo de paz, con la pena de un año de prisión y la baja de las fuerzas armadas. En el caso de aquél que deserte desempeñando funciones de comandante se le incrementará en dos tercios la pena.

También, cuando la deserción de los individuos de tropa se efectúe en campaña, se duplicará la pena privativa de libertad y cumplirán ésta en una unidad disciplinaria durante el tiempo que dure ésta o, en su caso, donde indique la secretaría.

No obstante, los individuos de tropa que después de haber desertado dentro del territorio nacional salgan de los límites de éste, o que deserten estando fuera de él, serán sancionados: en tiempo de paz, con ocho años de prisión; si se comete en campaña, 14 años de cárcel; en tiempo de paz llevándose armas, bote u otro objeto destinado al servicio, 16 años de prisión. En todos los casos serán dados de baja de las fuerzas armadas, y en campaña, continuarán sirviendo hasta el término de ésta.

Por su parte, Marina Arvizu, coordinadora de la fracción parlamentaria de Alternativa, presentó un punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados destine un monto adicional de 200 millones de pesos al Ramo 07 (Secretaría de la Defensa Nacional) del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2008, en recursos suficientes y etiquetados para que la dependencia desarrolle un programa de capacitación de perspectiva de género y cultura de la paz para todos sus efectivos.

También presentó una iniciativa de reforma al Código de Justicia Militar, con objeto de modificar el artículo 57, para establecer que una vez cometido un delito contra la disciplina militar, y “concurran militares y civiles, ambos serán juzgados por los tribunales del fuero común o federal, quedando a disposición de esta autoridad, sin perjuicio de que los militares sean procesados por los delitos contra la disciplina militar”.

 
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