Usted está aquí: sábado 3 de noviembre de 2007 Política Sólo 15 funcionarios de bajo nivel, procesados por la masacre de Acteal

Reporte jurídico del CDHFBC refiere 87 indígenas sometidos a siete causas penales

Sólo 15 funcionarios de bajo nivel, procesados por la masacre de Acteal

Pendientes, 27 órdenes de aprehensión contra civiles

A pesar de que se incumplieron sanciones administrativas, la CNDH considera saldada la recomendación emitida en 1998

Hermann Bellinghausen

Ampliar la imagen Desplazados en Acteal, el 20 de diciembre de 1997, dos días antes de la masacre Desplazados en Acteal, el 20 de diciembre de 1997, dos días antes de la masacre Foto: Carlos Cisneros

A 10 años de la masacre de Acteal, el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas (CDHFBC) dio a conocer un reporte jurídico sobre la situación legal de los procesados por los hechos del 22 de diciembre de 1997 en el municipio de Chenalhó, Chiapas.

Se menciona a 15 ex servidores públicos de bajo nivel procesados en cinco causas penales. Son el jefe de asesores de la Coordinación General de la Policía del Estado y dos guardias adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública estatal (SSP), por homicidio y lesiones por omisión (no salvaguardar la integridad y la vida de las personas). Recibieron condenas de ocho años de prisión.

Fueron sometidos a proceso 11 funcionarios (la mayoría personal de bajo nivel de la SSP), acusados de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Sus sentencias fueron de tres a siete años; algunos “ejercieron el beneficio de la condena condicional y sustituyeron su pena en prisión por trabajos en favor de la comunidad”.

El presidente municipal de Chenalhó en 1997, Jacinto Arias Cruz, fue acusado por homicidio calificado, lesiones calificadas y portación de arma de fuego sin licencia y de uso exclusivo de las fuerzas armadas. Su condena es de 36 años y tres meses de prisión, confirmada en juicio de amparo directo. Diez años después, siguen pendientes las órdenes de aprehensión contra el coordinador de la policía estatal, Jorge Gamboa Solís, y el director de la policía de Seguridad Pública de la entidad, José Luis Rodríguez Orozco.

Los civiles indígenas, sometidos a siete causas penales, suman 87, de los cuales seis fueron absueltos el 16 de noviembre de 2001 “por considerar el juez que no existían elementos que acreditaran su responsabilidad, a pesar de que fueron reconocidos por sobrevivientes y testigos de cargo”, señala el reporte jurídico.

Hay 27 que compurgan penas de entre 35 y 40 años de prisión después de haber agotado todos los recursos legales, incluso el juicio de amparo directo, y 49 más fueron sentenciados de manera condenatoria apenas el 23 de agosto y el primero de octubre de 2007, con 26 años de cárcel. Presentaron apelación, ha empezado a tramitarse y tardará algunos meses en resolverse.

Dos indígenas, condenados a 25 años, salieron libres por “razones de humanidad” (edad y salud), pero “no pueden residir o ir adonde ocurrió la masacre o donde se encuentren las víctimas o sus familiares”. Otros procesados esperan que les sea dictada nuevamente sentencia de primera instancia, ya que hubo reposición de procedimiento.

Sus delitos son homicidio calificado, lesiones calificadas, portación de arma de fuego sin licencia y de uso exclusivo de las fuerzas armadas. “El Ministerio Público consignó por asociación delictuosa, pero en apelaciones y/o amparos se tuvo por no acreditado este delito”, añade el CDHFBC, que desde 1997 asumió la defensa de las víctimas de las agresiones paramilitares en esa región de los Altos.

Siguen pendientes 27 órdenes de aprehensión en contra de civiles indígenas y reparación de daños (sólo una sentencia que está firme condena a una persona a pagar reparación de daño por algunos de los extintos).

Recomendaciones de la CNDH

Diversos funcionarios fueron sometidos a procesos administrativos. En enero de 1998, la Contraloría General del gobierno de Chiapas los inició por recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Cuatro fueron absueltos de toda responsabilidad administrativa en diciembre de ese mismo año: el secretario para la Atención de los Pueblos Indígenas, Antonio Pérez Hernández; el subprocurador general de Averiguaciones Previas, Ramiro Sánchez Vega; el comandante adscrito a la Procuraduría de Justicia de Chenalhó, Ricardo Alvarado Gutiérrez, y el agente del MP adscrito a la subprocuraduría de Justicia Indígena, Marco Antonio Jiménez Espinosa.

Fue inhabilitado por seis años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público estatal el segundo oficial responsable de la base de operación de Seguridad Pública (SP), Iturbide Rincón Luna. Cinco más fueron suspendidos por ocho años: el secretario ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, Jorge Enrique Hernández Aguilar; el subprocurador de Justicia Indígena, David Gómez Hernández, y el director general de SP del estado, el militar retirado José Luis Rodríguez Orozco.

Tienen orden de aprehensión pendiente de ejecutarse los comandantes de la SSP Roberto García Rivas y Roberto Martín Méndez Gómez. El coordinador general de la policía estatal, general Jorge Gamboa Solís, está inhabilitado por 10 años para empleos, cargos o comisiones en el servicio público en la entidad y además tiene orden de aprehensión pendiente.

Juicios de nulidad

En este tiempo prescribió la acción para sancionar a otros funcionarios que interpusieron juicios de nulidad, con lo que se dejó sin efecto el castigo impuesto por la Contraloría General, que los inhabilitaba por ocho años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público estatal: el subsecretario general de Gobierno, Uriel Jarquín Gálvez; el jefe de asesores de la Coordinación General de la Policía del Estado, general retirado Julio César Santiago Díaz; el secretario de Gobierno, Homero Tovilla Cristiani, y el procurador general de Justicia estatal, Marco Antonio Besares Escobar.

A pesar de la falta de sanción administrativa para estos funcionarios, en 2003 la CNDH consideró cumplidos los nueve puntos de su recomendación al gobierno de Chiapas, así como el único asunto recomendado a la Procuraduría General de la República (ampliar sus líneas de investigación para determinar responsabilidad penal por acción, omisión o comisión de todos y cada uno de los servidores públicos de Chiapas), a pesar de que sólo fueron condenados algunos empleados de la SSP, lo cual dejó intactos desde 1999 a los funcionarios ubicados en los niveles más altos.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.