Usted está aquí: sábado 24 de enero de 2009 Política Reforma reducirá de 20 a 10% las inversiones foráneas de las Afore

■ Después de la pérdida en 2008, la iniciativa plantea aumentar ahorro y gasto internos

Reforma reducirá de 20 a 10% las inversiones foráneas de las Afore

■ Presentado hace dos años, el proyecto busca obligar a Consar a informar cada trimestre al Congreso

Roberto Garduño

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados dictaminará en los próximos días una iniciativa de reforma a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), con objeto de bajar de 20 a 10 por ciento el monto de inversión en el extranjero del ahorro de los trabajadores.

La escandalosa pérdida en el monto de los ahorros de los trabajadores el año pasado llevó a las bancadas de los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI) a iniciar la negociación de la iniciativa, presentada hace casi dos años por el secretario de la Comisión de Seguridad Social, Samuel Aguilar.

Como se recordará, la Ley del SAR fue modificada en su artículo 48 el 10 de diciembre de 2002, permitiendo desde entonces a las administradoras de fondos para el retiro (Afore), invertir discrecionalmente hasta 20 por ciento de los ahorros de los trabajadores en capitales de riesgo en los mercados financieros internacionales.

En aquel entonces, el Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados –cuando Felipe Calderón coordinaba a los panistas– impulsó tal cambio, que en la Ley del SAR se instituyó de la siguiente forma en el numeral 11 del citado artículo 48: “Adquirir valores extranjeros distintos a los autorizados por la Comisión (Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Consar) en el régimen de inversión. Estos valores no deberán exceder 20 por ciento del activo total de la sociedad de inversión (Siefore)”.

Y es que la reforma de la Ley del Seguro Social, que entró en vigor el 1º de julio de 1997, tuvo entre sus principales modificaciones el cambio del sistema de pensiones de beneficio definido de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social, que operaba como un sistema de reparto, por uno de contribuciones definidas y cuentas individuales administradas por empresas de giro exclusivo, denominadas Afore.

Aquella reforma señaló como objetivo estratégico la promoción de un crecimiento económico vigoroso y sustentable, que fortaleciera la soberanía nacional y redundara en el bienestar social. Todo ello por medio de la generación de empleos permanentes, bien remunerados, así como por el incremento de los ingresos de la población.

Ello se circunscribía en la obligación del Estado de contribuir de manera más efectiva al desarrollo nacional, a la generación del ahorro interno y al crecimiento del empleo, coincidía con la necesidad de enfrentar complejas circunstancias como el adecuarse al cambio demográfico; responder a crecientes demandas de mayor eficiencia en el uso de los cuantiosos recursos que se le confiaban al instituto para convertirlos en servicios y prestaciones y de superar insuficiencias con la firme voluntad de dar plena vigencia a los principios y filosofía originales de la seguridad social.

No obstante, el desorden de las Afore condujo el ahorro de los trabajadores a una crisis que tuvo un costo cercano a 60 mil millones de pesos en 2008. De tal forma, la iniciativa de reforma que se pretende aprobar en las próximas semanas considera reducir la inversión de los fondos de pensiones en valores extranjeros de 20 a 10 por ciento, generando así un aumento en el ahorro interno y, por ende, mayor inversión en el país.

Así, se obligaría a la Consar a rendir un informe trimestral al Congreso de la Unión sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

A su vez, las Afore deberán enviar a los trabajadores por lo menos tres veces al año, con una periodicidad de cuatro meses, sus estados de cuenta y demás información sobre sus cuentas individuales.

Y se facultaría a la Consar para definir medidas que protejan los recursos de los trabajadores cuando se presenten circunstancias atípicas en los mercados financieros, así como para dictar reglas que impidan prácticas que se aparten de los sanos usos comerciales, bursátiles o del mercado financiero.

 
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