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Presume que disposiciones invaden atribuciones de la Cámara

Pide Juventino Castro a diputados revisar minuta sobre cambios políticos
 
Periódico La Jornada
Martes 17 de mayo de 2011, p. 16

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, Juventino Castro y Castro (PRD), solicitó a legisladores de los demás grupos legislativos analizar si la minuta del Senado en materia de reforma política invade las atribuciones constitucionales de los diputados en la definición del Presupuesto de Egresos.

Además, revisar si la modificación al artículo 84 constitucional –votado por los senadores– respecto de la designación automática de un presidente de la República sustituto también pasa encima de otra facultad del Congreso, que debe erigirse en colegio electoral para nombrar un interino si la falta absoluta del titular del Ejecutivo ocurre en los dos primeros años del sexenio, o designar un relevo en caso de que la ausencia ocurra en los últimos cuatro años del mandato.

Ello porque, señaló en una carta enviada a los integrantes de la comisión, la minuta del Senado define la designación inmediata del secretario de Gobernación como presidente sustituto en primer término, en segundo al titular de Hacienda y en tercero al de Relaciones Exteriores, cuando actualmente es potestad del Congreso nombrar a un nuevo Ejecutivo.

En el documento, Castro y Castro realizó una primera evaluación de la reforma constitucional en materia política. Indicó que además de la relección de legisladores y los mecanismos de democracia participativa, la minuta considera la posibilidad expresa de que el Ejecutivo haga observaciones al presupuesto y defina la reconducción fiscal y de gasto público en caso de que ambos no sean aprobados en tiempo por el Congreso.

Detalló que la probable invasión de competencias del Ejecutivo en materia tributaria y de gasto –que tienen como límite de aprobación en la Ley de Presupuesto el 15 de octubre y el 15 de noviembre de cada año, respectivamente– se desprende de dos párrafos que se adicionaron a la fracción cuarta del artículo 74 constitucional.

Éstos indican:

“El Ejecutivo podrá hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación en un plazo de 10 días naturales. Si no las tuviera, lo promulgará y publicará.

El presupuesto observado, en todo o en parte, será devuelto con sus observaciones a la Cámara de Diputados para que sea discutido de nuevo por ésta en un plazo de 10 días naturales; si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, volverá de inmediato al Ejecutivo para su promulgación y publicación.

Además recomendó que parte de la reflexión sobre la minuta debe incluir si al considerar la toma de protesta presidencial en un recinto diferente al de la Cámara de Diputados, como la sede del Poder Judicial de la Federación, le quita al Congreso de la Unión esa responsabilidad, sobre todo porque el Ejecutivo jura respetar la Constitución y las leyes que de ella emanen ante el poder que representa la voluntad popular.

Juventino Castro aseveró que el alcance de la modificación requiere generar un grado de consenso lo más amplio posible en torno al nuevo orden político; es decir, tiene que ver con el establecimiento de sus bases mismas de legitimidad, ya que sin dicho consenso las reformas que se proponen no habrán de sobrevivir ni funcionar.