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Se violó su derecho a una defensa adecuada y el debido proceso, determinan ministros

Ampara la Corte a un asesino confeso por haber sido defendido por su padre

Robo y homicidio calificado, los cargos, pero no contó con los servicios de un abogado, dicen

Fue asistido por ‘‘alguien de su confianza’’, como fijó la reforma constitucional de 2008

 
Periódico La Jornada
Miércoles 5 de junio de 2013, p. 6

En votación dividida (6 en favor y 5 en contra), el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que se violó el derecho de defensa adecuada y el debido proceso a una persona que fue sentenciada por robo y homicidio calificado, y por tanto se le amparó, ya que el inculpado fue asistido ‘‘por alguien de su confianza’’ –su padre, quien sólo cuenta con estudios de secundaria– y no por un abogado, como lo estableció la reforma constitucional de 2008 que implementó el sistema penal acusatorio.

Molesta por la decisión adoptada, la ministra Margarita Luna Ramos cuestionó ‘‘esta nueva cultura y este nuevo paradigma en el reconocimiento de los derechos humanos. Yo pregunto: ¿las víctimas y la sociedad no tienen derechos humanos para reconocérselos también, y en esa medida equilibrarlos y decir que si alguien es culpable, se le tiene que castigar? Y no por una cuestión meramente legaloide sacarlo’’.

También le recordó a sus compañeros que además de este asunto, cuyos efectos de la sentencia serán fijados en una próxima sesión, el pleno conocerá –a partir de este jueves– otros cinco amparos en los que se revisarán casos de sentenciados por homicidio calificado, robo, delitos contra la salud y el expediente de una mujer que fue degollada en su domicilio –ante la presencia de sus hijos menores– por un hombre que se metió a robar.

Son delitos, subrayó Luna Ramos, ‘‘que impactan mucho a nuestra sociedad’’ y ahora los sentenciados buscan ampararse con base en la reforma de 2008, que estableció que el procesado debe ser asistido por un abogado y no simplemente por alguien de su confianza.

En favor del amparo se pronunciaron el ministro presidente Juan N. Silva Meza, José Ramón Cossío, Olga Sánchez Cordero, Sergio Valls, Arturo Zaldívar y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quienes señalaron que la defensa adecuada se garantiza con la posibilidad de elegir libremente como defensor a alguien que sea profesional del derecho, además de que una reforma aprobada con posterioridad puede aplicarse en beneficio del procesado.

El ministro Arturo Zaldívar agregó que el Estado mexicano está obligado a velar por que cualquier persona sujeta a proceso ‘‘tenga las condiciones mínimas que garanticen la defensa adecuada’’.

Olga Sánchez Cordero aseveró que ‘‘no tenemos por qué esperar si entra en vigor de inmediato o no la reforma, son derechos sustanciales que ya están vigentes y están reconocidos por la propia Constitución’’.

En contra del amparo votaron Margarita Luna Ramos, Jorge Pardo Rebolledo, Alberto Gelacio Pérez Dayán, Luis María Aguilar y Fernando Franco, quienes incluso consideraron que en dado caso, ‘‘la gravedad de la violación’’ en agravio del quejoso no sería suficiente para conceder el amparo solicitado, ya que la ‘‘única violación’’ procesal tuvo lugar durante la confesión del acusado de que participó en el robo y el homicidio calificado ocurrido en mayo de 2009 en Apatzingán, Michoacán.