Mundo
Ver día anteriorMiércoles 19 de junio de 2013Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

El fallo de la Suprema Corte, una afrenta para el pueblo, denuncia el jefe de gabinete

Declaran inconstitucionales 4 artículos de la reforma judicial en Argentina

Oficialismo y opositores ya tenían listas para la elección de jueces en las primarias de agosto

Foto
La presidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, hace unos días en la inauguración de un laboratorio de investigaciones forenses en la ciudad de Río Gallegos. La mandataria recibió ayer un revés de la Suprema Corte que falló en contra de su reforma por la democratización del Poder JudicialFoto Xinhua
Corresponsal
Periódico La Jornada
Miércoles 19 de junio de 2013, p. 29

Buenos Aires, 18 de junio.

La Suprema Corte de Justicia de Argentina declaró hoy inconstitucionales cuatro artículos de la reforma judicial sancionada por el Congreso y que permitían la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura, en las próximas elecciones legislativas de octubre, en lo que fue considerado por el gobierno de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner como una afrenta para el pueblo y celebrado por la oposición.

Ya se habían presentado listas del oficialismo y la oposición para inscribirse en las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), que se celebrarán en agosto.

El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda (voto mayoritario), Enrique Petracchi y Carmen Argibay (voto concurrente) y Raúl Zaffaroni (en disidencia).

La Suprema Corte citó entre sus argumentos que la ley resulta inconstitucional en cuanto a que: a) rompe el equilibrio al disponer que la totalidad de los miembros del Consejo resulte directa o indirectamente emergente del sistema político-partidario, b) desconoce el principio de representación de los estamentos técnicos al establecer la elección directa de jueces, abogados, académicos y científicos, c) compromete la independencia judicial al obligar a los jueces a intervenir en la lucha partidaria, y d) vulnera el ejercicio de los derechos de los ciudadanos al distorsionar el proceso electoral.

Asimismo, aclaró que el fallo no genera ninguna modificación en la convocatoria a elecciones legislativas para senadores y diputados, pero dejó sin efecto la convocatoria para los cargos de consejeros de la magistratura, representantes de los jueces de todas las instancias, de los abogados de la matrícula federal y de otras personas del ámbito académico y científico.

Para el máximo tribunal, el Poder Judicial tiene la legitimidad democrática que le da la Constitución, que no se deriva de la elección directa, por eso no acepta la posibilidad de que los ciudadanos puedan tener injerencia en su elección, lo que enfrenta la idea de democratización judicial propuesta por el gobierno y distintos sectores judiciales.

Al referirse al Consejo de la Magistratura señala que al declararse la inconstitucionalidad, la mayoría (seis jueces) debe funcionar en el consejo con la anterior ley, para evitar una parálisis de su funcionamiento, conforme se decidiera en casos anteriores.

Más adelante advierte que el precepto no contempla la posibilidad de que los consejeros puedan ser elegidos por el voto popular ya que, si así ocurriera, dejarían de ser representantes del sector (judicial) para convertirse en representantes del cuerpo electoral.

Por supuesto, la oposición y algunos medios de comunicación celebraron el fallo, que impactó en muchos sectores sociales, especialmente en el ámbito del espacio Justicia Legítima, que reúne a más de mil magistrados, jueces y fiscales que exigen terminar con las viejas estructuras judiciales, que ampararon todas las dictaduras del siglo pasado.

En suma, la Suprema Corte decidió que quienes ocupen un lugar en este órgano lo hagan en representación de los integrantes de esos estamentos técnicos. En consecuencia, no es la sola condición de juez o abogado lo que los hace representantes, sino su elección por los miembros de esos estamentos, pues para ejercer una representación sectorial se requiere necesariamente un mandato, que sólo puede ser otorgado por los integrantes del sector.

“En la práctica –continúa el fallo–, la ley contraría la imparcialidad del juez frente a las partes del proceso y a la ciudadanía toda, pues le exige identificarse con un partido político mientras cumple la función de administrar justicia. Desaparece así la idea de neutralidad judicial frente a los poderes políticos y fácticos”.

Por su parte, el jefe de gabinete, Juan Manuel Abal Medina, aseguró que la decisión es una afrenta al pueblo argentino y consideró que los argumentos esgrimidos en contra de la democratización de la justicia son débiles, no sólo desde el punto de vista técnico, sino que son absolutamente peligrosos desde el punto de vista político, porque lesionan los principios y valores fundamentales de la democracia.

El gobierno respetará la decisión: ministro de Justicia

Habló, asimismo, del temor al voto de la gente, a la expresión del pueblo. Le temen, en definitiva, al ejercicio de la soberanía popular.

Por su parte, el ministro de Justicia, Julio Alak, dijo que el fallo no representa una derrota para el gobierno. Una vez más se ha optado por el voto calificado, sostuvo Alak, quien aseguró que el gobierno respetará el fallo, y se comprometió a mantener el debate en la sociedad sobre la necesidad de la democratización de la justicia porque –dijo– el Poder Judicial es el único que no tiene origen democrático.

En tanto, el presidente de la Cámara de Diputados, Julián Domínguez, analizó que el fallo de la Corte da la espalda a la soberanía del pueblo, y esta decisión “ha hecho prevalecer los intereses sectoriales nacionales por sobre los del pueblo (…) sustento de todo derecho explícito e implícito”.

No va a parar el proceso de democratización, sostuvo a su vez María Laura Garrigós de Rébori, presidenta del espacio Justicia Legítima, quien había advertido que un fallo del tribunal supremo en sintonía con la juez federal María Servini de Cubría dejaría pasar la oportunidad de liderar el proceso de democratización del Poder Judicial.