DIRECTORA GENERAL: CARMEN LIRA SAADE
DIRECTOR FUNDADOR: CARLOS PAYAN VELVER
SUPLEMENTO MENSUAL  DIRECTOR: IVAN RESTREPO  
EDICIÓN: LAURA ANGULO   1 DE DICIEMBRE DE 2014 
NUMERO ESPECIAL

Portada

Presentación

Estado actual de los humedales
Jorge López-Portillo
Patricia Moreno Casasola

México ante la convención sobre los humedales de importancia internacional
Gustavo Alanís Ortega
María Pía Gómez Robledo

¿México está preparado para atender los diferentes impactos del cambio climático sobre sus humedales costeros?
Javier Bello-Pineda

La defensa ciudadana del manglar de la Laguna del Carpintero
Hilda Gómez Gómez
Miriam Huberman

Los humedales costeros de México y el cambio climático
Mauricio Cervantes

Praderas de pastos marinos, playas y vegetación de dunas costeras, fundamentales para los humedales costeros
Leonardo Arellano
Mauricio Cervantes


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La defensa ciudadana del manglar
de la Laguna del Carpintero

Hilda Gómez Gómez
Ciudadanía Plena, AC, Tampico, Tamaulipas
Correo electrónico: [email protected]
Miriam Huberman
Ciudadana independiente
Correo electrónico: [email protected]


Laguna del Carpintero

La ciudad de Tampico se fundó sobre un humedal costero del Golfo de México: el sistema lagunario de la desembocadura del río Pánuco. Desde entonces se ocuparon los márgenes de varias lagunas y éstas fueron desapareciendo. Reducida a la mitad de su tamaño y con sus márgenes transformados, la Laguna del Carpintero logró sobrevivir a los embates de la urbanización.

Del humedal original sólo quedaron 16 hectáreas de terreno inundable con manglar, ubicadas en la zona noreste de la Laguna del Carpintero.

Lamentablemente, en lo que va del nuevo siglo, esta zona ha sido destruida por dos gobiernos municipales. En 2006, el presidente municipal Fernando Azcárraga, intentó construir un centro comercial. En 2013, cuando el humedal estaba recuperándose, la presidenta municipal Magdalena Peraza, decidió hacer el parque temático ecológico Laguna del Carpintero con recursos del municipio, la iniciativa privada y el gobierno del estado de Tamaulipas. El proyecto implicó la tala y el desmonte del sitio para construir ciclopistas, un estacionamiento, una fuente, una fuente de sodas, jardines con 26 especies exóticas, oficinas y la Casa de la Tierra.

El municipio inició las obras sin tener un estudio de impacto ambiental a nivel federal. Violó la legislación ambiental vigente al talar todas las plantas jóvenes de mangle negro y blanco que estaban dispersas entre los matorrales del sitio, abarcando siete hectáreas. Desplazó toda la fauna silvestre residente, compuesta por más de 120 especies, 19 de las cuales aparecen listadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010.

El municipio eliminó toda la evidencia física que probara que se trataba de un humedal y negó los registros oficiales y la evidencia fotográfica y satelital que dijera lo contrario. Impugnó la multa que le impuso Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) por no contar con la autorización requerida y acaba de presentar una manifestación de impacto ambiental, violando el carácter preventivo de dicho estudio.

Sin embargo, no contó con la perseverancia de la sociedad civil tampiqueña que denunció el ecocidio ante la Profepa, logró la suspensión definitiva de las obras en un juicio de amparo contra actos del municipio y omisiones de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Profepa, y, en colaboración con autoridades estatales y especialistas en restauración de humedales, coordinó el diseño de un proyecto alternativo para un parque ecológico basado en la restauración del humedal costero, con un mínimo de sioete hectáreas de manglar.

Desde el punto de vista legal, los manglares están protegidos en México por la Ley General de Vida Silvestre que, en el Artículo 60, prohíbe “la remoción, relleno, trasplante, poda o cualquier obra o actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de influencia”. Además, están protegidos por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, en concordancia con los compromisos internacionales de nuestro país como firmante del Convenio Ramsar.

Dicha protección se refuerza con el Artículo 420 bis, fracción I, del Código Penal Federal, que establece una pena de dos a diez años de prisión y de trescientos a tres mil días de multa a quien dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas. Y en la esfera constitucional, con el reciente reconocimiento del derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, establecido en el Artículo 4º de la Constitución, que tiene un enfoque de derechos humanos.

Sin embargo, este vasto entramado institucional, presupuestal y legal, no ha sido suficiente para proteger el manglar de la Laguna del Carpintero. Tampoco lo han sido las denuncias de ciudadanos presentadas ante la Profepa después de su primera tala en 2007, que, aunadas a la presentación de una denuncia penal, evitaron la construcción del centro comercial.

Tampoco bastaron las quejas ciudadanas por la segunda tala en 2013 ante la misma Profepa y un juicio de amparo contra el presidente municipal de Tampico sustentado en registros oficiales que acreditan la existencia de ese manglar considerado por la Conabio como sitio prioritario, con variadas especies protegidas, endémicas y migratorias. Tampoco bastó la presencia en el sitio de nuevos mangles que surgieron por regeneración natural.

Dada la impunidad prevaleciente hasta ahora, por la ineficacia, corrupción y complicidad de las autoridades que se encuentran asociadas a intereses económicos que pugnan por su extinción y cambio de uso de suelo, continúa la defensa de este valioso ecosistema. Todos los que creemos que el desarrollo sustentable es posible y necesario, esperamos que finalmente prevalezcan la razón y la ley en este lamentable caso. Y que con ello, se establezca un precedente positivo para la protección de otros manglares y los humedales de México.

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