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Critican que los poderes judiciales federal y locales queden fuera del alcance del instrumento

El sistema anticorrupción no reducirá la impunidad, prevén expertos en derecho

El mayor riesgo que se enfrenta es la simulación y la agenda que queda para consolidarlo, dicen

 
Periódico La Jornada
Lunes 15 de junio de 2015, p. 10

El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) en los hechos será poco funcional y no reducirá la impunidad, por la sencilla razón de que sólo se aplicará a conductas graves que serán parte de un catálogo limitativo de delitos y/o conductas ligadas a actos de corrupción, coincidieron abogados especialistas en materia administrativa y penal. Dicho sistema implica la creación de un comité coordinador, un consejo nacional para la ética pública y un comité de participación ciudadana, los cuales se coordinarán para fungir como coadyuvantes del fiscal anticorrupción y del futuro tribunal federal de justicia administrativa, a fin de cumplir con las políticas en materia de prevención, corrección, combate a la corrupción y promoción de la integridad pública de los tres órdenes de gobierno.

El pasado 27 de mayo, el presidente Enrique Peña Nieto promulgó la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción que establece el plazo de un año para que se expidan, mediante una ley de carácter general, las bases de coordinación del SNA, y prevé que en los seis meses siguientes a que quede lista dicha norma jurídica general se expidan todas las leyes reglamentarias de la reforma.

Los abogados Sergio Sáenz Huajuca, Jesús Alberto Guerrero Rojas y Marco Antonio de la Garza, profesores de derecho de la UNAM y de varias universidades privadas, coincidieron en que fue un grave error del Congreso de la Unión y de los congresos estatales (que aprobaron la reforma), así como del titular del Ejecutivo federal (que la promulgó), haber cedido a las presiones de los integrantes de los poderes judiciales (estatales y federal), quienes quedaron fuera de los alcances del SNA, por lo que seguirán rigiéndose por sus propias leyes reglamentarias y sólo podrán ser sancionados ante actos de corrupción por los consejos de la Judicatura de cada entidad y/o de la Federación.

Saénz Huajuca destacó que las leyes secundarias de este SNA van para largo. Eso significa, por ejemplo, que será hasta 2016 cuando el tribunal federal de justicia administrativa, hoy Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, comenzará a ejercer sus funciones de sancionador en casos graves de responsabilidad, tanto para funcionarios como para particulares. Pero la gravedad estará regida por un catálogo sumamente limitado; entonces, la mayoría de los casos de corrupción seguirán siendo investigados como se hace en el actual esquema normativo, que ha demostrado ser inviable, pues genera demasiada impunidad.

Guerrero Rojas también criticó que el SNA implicará la creación de tres nuevos asientos en la sala superior de lo que será el tribunal federal de justicia administrativa, que pasará de 13 a 16 integrantes, quienes permanecerán 15 años en el puesto, percibiendo salarios de secretario de Estado, más bonos, prestaciones y viáticos.

Ya ha trascendido en columnas periodísticas que en días pasados se integraron al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa el ex procurador fiscal, Javier Láynez, quien no pudo llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación; así como el ex encargado de la Secretaría de la Función Pública, Julián Olivas, quien recibió el cargo de magistrado como premio por hacer lo que su jefe Enrique Peña Nieto le encargó en los primeros dos años de su gestión como presidente de la República, precisó Guerrero, abogado con maestría en derecho administrativo.

Casos no graves

El SNA fortalece las facultades de la Auditoría Superior de la Federación y deja en manos de los órganos internos de control de los poderes y de los organismos autónomos la investigación y sanción administrativa por casos de corrupción que no son considerados graves.

En materia de sanciones, se propone otorgar las facultades de sanción a los jueces en materia penal (ante acusaciones de la fiscalía) y, en materia administrativa, al tribunal federal de justicia administrativa; se retira la facultad de corrección y sanción a las contralorías que dependen de los poderes ejecutivos de los órdenes federal, estatal o municipal, respecto de aquellas conductas que se estimen no graves por el legislador ordinario, refiere la reforma constitucional que crea el SNA.

De su lado, Antonio de la Garza dijo que el mayor riesgo que enfrenta el sistema nacional anticorrupción es la simulación y la intensa agenda que aún queda para consolidarlo.

Estamos hablando de la creación de nuevas leyes o reformas de otras, por lo menos de 10, y entramos en un proceso de rediseño institucional bien delicado. Nos pueden pasar bolas rápidas y puede haber puntos donde se pueda retroceder, indicó.