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Ver día anteriorDomingo 26 de noviembre de 2017Ver día siguienteEdiciones anteriores
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La marcha del mercado eléctrico mayorista: la quinta
¿C

uál es la noticia del momento en el ámbito de la nueva arquitectura institucional y la nueva forma de operación de la industria eléctrica en nuestro país? Sin duda la que dio a conocer el jueves la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Anuncia la publicación de la metodología de cálculo y ajuste de las tarifas finales del suministro básico. Se utilizará a partir de diciembre de este 2017 y al menos hasta finales de 2018, para determinar lo que pagarán todas las personas físicas o morales que no sean usuarios calificados. A saber y para para decirlo simplemente, que no sean grandes consumidores servidos por uno de los 23 suministradores calificados hasta el momento. Ni el único participante del mercado que compra directamente en el mercado eléctrico mayorista la electricidad necesaria para su consumo.

Sí, como podrán notar, ya hay muchos organismos de función diversa registrados oficialmente en el mercado eléctrico. Entre ellos nueve de los llamados comercializadores no suministradores, en mi opinión especuladores. Bueno, oficialmente se asegura que el nuevo esquema toma en cuenta el costo de cada segmento de la cadena de valor de la industria eléctrica; es decir, generación, transmisión, distribución, control, productos conexos no adquiridos en el mercado y operación de suministrador básico. Asimismo que incorpora las variaciones temporales del costo del servicio y que busca garantizar que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) recupere costos eficientes.

Éstos se integrarán en el precio final a los usuarios del servicio básico. Costos de la energía producida, de la potencia contratada para asegurar el suministro y los costos de los certificados de energía limpia (CEL) que mandatan las normas para cumplir las metas de control de emisiones. Recordemos que en la nueva normatividad eléctricas (leyes, reglamentos, bases y manuales) ordena a los suministradores básicos (por el momento solamente CFE-Suministro Básico) a adquirir no sólo energía, sino potencia; es decir, el compromiso de generadores para mantener disponible su capacidad instalada de generación comprometida y garantizar que este suministrador de servicios básicos (en realidad todos) cumpla con su función sin falla.

Por cierto, en algún momento comentaremos algo sobre el famoso indicador del costo de falla, fundamental en los procesos de planeación de la expansión eléctrica. Pero regresemos a las obligaciones de CFE-Suministro Básico. También debe adquirir CEL, es decir, títulos emitidos por la CRE que acreditan la producción de un monto determinado de energía eléctrica a partir de energías limpias (renovables y nuclear). Acreditan el cumplimiento de los requisitos asociados al consumo de los centros de carga cuyo abasto depende del suministrador básico (también –y de nuevo– en realidad de todos). Y –de nuevo, según documentos oficiales afirman– en el marco de los compromisos internacionales plasmados en metas nacionales de generación limpia. Estas metas toman en cuenta las centrales eléctricas existentes, las que se encuentran en desarrollo, los recursos disponibles y las estimaciones de consumo de energía eléctrica para un periodo de planeación de 15 años. Oficialmente y por lo pronto, las siguientes. Para 2018, 5 por ciento; 5.8, en 2019; 7.4, en 2020; 10.9 en 2021, y 13.9 por ciento para 2022. Así, a partir del primero de diciembre, las tarifas finales que cobrará CFE-Suministro Básico (antes área Comercial de CFE) se determinarán con esta metodología agrupadora de los componentes regulados y no regulados del costo, en el precio final de la electricidad. Se incluye, por cierto, un ajuste mensual de los cargos tarifarios que –también oficialmente se asegura– reflejará las variaciones temporales del costo del servicio eléctrico dependiendo del momento del año. Sustituye el procedimiento usual y ya tradicional de ajuste mensual –por variaciones en los precios de los combustibles y en la inflación– que desde principios de 1992 se hacía a las tarifas no subsidiadas, y que –en los hechos– terminó con el ajuste a los cargos tarifarios este noviembre. ¡Se acaba el ajuste!, dijeron por ahí. ¡No, no se acaba! Se sustituye por otro, hay que decirlo. Será necesario seguirlo para evaluar su capacidad de seguir los costos. También es útil señalar que en el informe de este jueves se asegura que los costos de generación más eficientes determinarán el costo de generación que se cobrará a los usuarios que tienen un menor consumo promedio de energía eléctrica y están conectados en niveles de menor tensión (¿no se quejarán de esto usuarios de mayor consumo?). Parece tratarse de los sectores residencial de bajo consumo y agrícola. Son los que concentran el subsidio aprobado por el Congreso en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Y hoy lo aplica la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con base en el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, que autoriza al Ejecutivo federal a estipular mediante acuerdo un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las determinadas para grupos de usuarios del suministro básico.

¿Cuál será la resultante? Un elemento clave será la magnitud del ingreso de las empresas generadoras de CFE con los llamados contratos legados. En ellos se plasmarán los compromisos para que los suministradores les paguen energía, potencia y certificados de energías limpias. ¿Qué recibirán estas empresas con estos contratos legados? Ya se publicaron los borradores de estos contratos legados. El espíritu del transitorio decimonoveno de la Ley de la Industria Eléctrica es que deben permitir la reducción de las tarifas finales. Parte del juicio que los usuarios tengan sobre la reforma eléctrica depende esto. Y por eso, precisamente por eso, estos puntos nos obligan a una observación muy cuidadosa de los resultados. Sin duda.