Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Lunes 11 de noviembre de 2002
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Sociedad y Justicia

Plantea llevar ante el dDepartamento del Trabajo de EU fallo sobre el caso Hoffman

Exhorta la STPS a divulgar derechos laborales de trabajadores migratorios

Agilizar juicios y lograr que empleadores y la junta de NY se apeguen a las leyes, objetivo

PATRICIA MUÑOZ RIOS

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recomendó presentar ante el Departamento de Trabajo de Estados Unidos el fallo del caso Hoffman, mediante el cual la Suprema Corte de Justicia de aquella nación negó el pago de salarios caídos a un trabajador indocumentado mexicano que había sido despedido por actividades sindicales en territorio estadunidense, así como otros casos en los que la Junta de Indemnizaciones Laborales de Nueva York no ha agilizado los juicios en favor de trabajadores mexicanos.

La Oficina Administrativa Nacional de la STPS revisó el documento denominado Comunicación pública Mex-2001, en el cual se informa sobre violaciones laborales en Estados Unidos contra trabajadores mexicanos que fue presentado por organizaciones no gubernamentales de ese país, en el contexto del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN).

Luego de su revisión, la dependencia determinó recomendar al Departamento del Trabajo de aquella nación el caso Hoffman y otros en los que los inmigrantes mexicanos no han sido indemnizados por enfermedades o sesiones ocupacionales, a fin de que esta instancia gubernamental determine si se agilizan estos juicios y se asegure que los empleadores y la junta local de Nueva York "conozcan y apliquen adecuadamente las leyes laborales".

La Secretaría del Trabajo solicitará, incluso, "consultas técnicas" con esta oficina estadunidense con la intención de obtener información sobre los avances de las acciones recomendadas y para estar en posibilidades de determinar si el titular de la dependencia, Carlos Abascal Carranza, solicitaría hacer consultas ministeriales con su contraparte en Estados Unidos, Elaine L. Chao, para resolver estos casos.

La dependencia refrendó la necesidad de que se divulguen ampliamente los derechos laborales de los migrantes mexicanos, por medio de los canales de cooperación bilateral que han establecido el secretario Abascal y la ministra estadunidense Chao, a raíz del fallo sobre el caso Hoffman que emitió la Corte estadunidense.

Refirió la STPS que la reclamación fue presentada por cuatro organizaciones no gubernamentales de Estados Unidos: National Mobilization Against Sweatshops, Chinese Staff and Workers Association, Asociación Tepeyac y Workers Awaaz.

En dicha reclamación afirman que la Junta de Indemnizaciones Laborales de Nueva York viola la legislación en materia de prevención de lesiones y enfermedades ocupacionales, indemnización en casos de lesiones de trabajo o enfermedades ocupacionales y derechos laborales de los trabajadores migratorios.

Las instituciones también argumentan que esta junta retrasa indebidamente las indemnizaciones a trabajadores lesionados o enfermos, para favorecer al empleados; que se realizan hasta 20 audiencias sobre el mismo tema y que en ocasiones duran sólo 15 minutos; que si la decisión favorece al trabajador, el empleador puede apelar de la decisión y los juicios se llegan a prolongar hasta por 10 años, tiempo en el que los obreros no reciben sueldo ni algún otro pago.

"En cuanto a trabajadores migratorios, estas mismas organizaciones alegan que algunos trabajadores no pueden recibir ciertas prestaciones debido a su condición migratoria y que quienes no hablan inglés están en desventaja en los juicios laborales porque los servicios de traducción son inadecuados, insuficientes o inexistentes", señala la Secretaría del Trabajo.

Destacó que el ACLAN -en vigor desde 1994- no pretende homologar las legislaciones laborales de los tres países, sino resaltar el interés y compromiso para aplicar de manera efectiva sus leyes, y que este convenio considera público el mecanismo de revisión de comunicaciones para atraer los asuntos relativos a la aplicación de la legislación laboral, pero también tiene otros esquemas como las consultas ministeriales, los comités de expertos y los paneles arbitrales.

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