Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Miércoles 4 de diciembre de 2002
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Capital

La medida deberá ser aprobada por el MP

Tendrían confidencialidad también víctimas de delitos no graves

ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ

El acuerdo del procurador general de Justicia del Distrito Federal, Bernardo Bátiz Vázquez, para proteger la confidencialidad de denunciantes, víctimas y testigos en delitos graves, podrá considerarse también en otros ilícitos, cuando así lo soliciten aquéllos o a consideración del agente del Ministerio Público.

Margarita Espino del Castillo Barrón, subprocuradora jurídica y de Derechos Humanos de la procuraduría, precisó que para salvaguardar los derechos de los inculpados conforme con lo establecido en el artículo 20 constitucional, esta disposición deberá ser valorada y jurídicamente fundada por el titular de la representación social.

Explicó que si bien el citado artículo establece como un derecho del inculpado que se le faciliten todos los datos que solicite para su defensa y que consten en el proceso de la víctima o del ofendido, también consagra como un derecho de la víctima solicitar las medidas y providencias para su seguridad y auxilio. De esta manera, si los datos en cuestión, como dirección y número telefónico, no son relevantes para la defensa del inculpado, conforme al procedimiento descrito en el acuerdo, se guardarán en un sobre aparte del expediente.

Explicó que muchas de las quejas en contra de agentes del Ministerio Público refieren que éstos proporcionan dichos datos a las personas denunciadas o a sus abogados.

La nueva disposición, que anunció el lunes la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y se publicó ya en la Gaceta Oficial, señala que "en otros delitos, la medida podrá tomarse si lo solicita el denunciante, víctima, ofendido o testigo, o bien si el agente del MP lo estima pertinente". De igual manera, una vez que los domicilios y números telefónicos son considerados información confidencial, si son solicitados por el inculpado o por su defensa el agente del MP deberá evaluar dicha petición y, si no se justifica y considera que al revelarla podría propiciar algún daño al afectado, deberá mantenerla en secreto.

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