Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Martes 29 de abril de 2003
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C A P I T A L
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Votan a favor de las reformas 45 de 66 diputados

Aprueba la ALDF penas más duras contra delitos

Las modificaciones, a los códigos Penal y de Procedimientos

Tendrán vigencia una vez que sean publicadas en la Gaceta Oficial

RAUL LLANOS SAMANIEGO

Con 45 votos a favor, siete en contra y dos abstenciones el pleno de la Asamblea Legislativa aprobó ayer las reformas a los código Penal y de Procedimientos Penales del Distrito Federal, con lo que se sancionará con más severidad el delito de robo, se negará la libertad bajo caución a los reincidentes y se elevarán las penas cuando se utilice violencia física o moral, como valerse de armas de juguete para cometer un hecho ilícito.

Las modificaciones avaladas en lo general por legisladores de PRI, PAN, PRD, PVEM, Democracia Social y Convergencia entrarán en vigencia una vez que el jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, quien envió la iniciativa a la ALDF, las publique en la Gaceta Oficial.

Antes, durante la discusión, los diputados Iris Santacruz, PRD; Enoé Uranga, Democracia Social; Eugenia Flores, PT; Arturo Barajas, Edgar López Juan Díaz y Humberto Serrano, del PRI, se manifestaron en contra. Con sus matices, coincidieron por separado en que no será incrementando las penas y limitando el derecho a la libertad provisional como se combatirá el fenómeno delincuencial en la capital.

Uno de los artículos reformados fue el 556 del Código de Procedimientos Penales, el cual estipula que el Ministerio Público podrá solicitar al juez penal que niegue la libertad bajo fianza al presunto delincuente que, consignado por un delito no grave, tenga antecedentes de haber cometido un hecho ilícito grave, es decir, que haya reincidido.

También se modificó el artículo 220 del Código Penal, el cual elimina las multas que hoy día se aplican para aquellos robos menores a 873 pesos, lo que impedía que los delincuentes fueran a prisión. Con las reformas aprobadas se castigará con cárcel de seis meses a dos años y de 60 a 150 días-multa a quienes se apropien ilegalmente, sin violencia, de un bien que no exceda de 13 mil 95 pesos o bien sea imposible determinar su valor.

El artículo 224 incrementa las penas por robo sin violencia cuando se comete en un lugar cerrado: casa, transporte público, oficina recaudadora de valores o sus custodios, en situación de catástrofe natural o desorden público, contra transeúntes o por quien haya sido parte de una corporación de seguridad pública o privada, use identificaciones falsas o supuestas órdenes de la autoridad. En este caso la penalidad pasa de tres meses a cuatro años de prisión, a dos a seis años, con lo que ahora se considera delito grave sin libertad bajo fianza.

El artículo 225 -que estipula actualmente que aumenta la prisión si el robo se comete con violencia- incluye ahora que el uso de armas de juguete para cometer un acto ilícito se equiparará a la violencia moral y por tanto se sanciona con dos a ocho años de cárcel, sin libertad bajo fianza.

El nuevo artículo 248 establece que en el delito de robo sólo podrá alcanzar libertad bajo fianza aquel sujeto que sin utilizar violencia física o moral actúe solo, sea primodelincuente y robe un objeto cuyo valor no supere los 2 mil 182 pesos. De darse cualquier otra situación, el inculpado estará sujeto a mayores penalidades.

También se modificó el artículo 140, que fija pena de dos años seis meses a ocho años de prisión -que lo hace delito grave- a quien maneje en estado de "alteración voluntaria" y atropelle a otra persona, es decir, bajo el influjo de alguna droga o alcohol, y no tendrá libertad bajo caución.

Veta López Obrador dos leyes

El jefe de gobierno del distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, envió la tarde de ayer a la Asamblea Legislativa observaciones a la Ley de Aguas del DF y a la Ley de Protección a los No Fumadores, con lo cual los legisladores deberán discutirlas nuevamente en comisiones, determinar si aceptan total o parcialmente los planteamientos del gobierno local y volverlas a presentar en tribuna para que con el apoyo de las dos terceras partes de los legisladores se aprueben y se regresen para su obligada publicación y entrada en vigor. En el caso de la primera, las observaciones son sólo de forma y en el caso de la segunda se alegan las facultades que tendrían los policías para intervenir en los casos de desacato a los ordenamientos contenidos en esa ley.

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