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México D.F. Jueves 12 de junio de 2003

Argentina, desentendido de su ciudadano: Berruga

Prevé la SRE extraditar en los próximos días a Cavallo

La Suprema Corte debe concluir aún un par de trámites

ROSA ELVIRA VARGAS Y JESUS ARANDA

cavallo-ricardo-renave-4-jpEn los próximos días la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) extraditará a España al argentino Ricardo Miguel Cavallo, una vez que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esa dependencia reciba la notificación formal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y realice los trámites correspondientes para aplicar el tratado que en la materia tiene firmado México con el país europeo.

En la Corte se informó que el ministro Humberto Román Palacios, único que votó el martes en favor de otorgar el amparo a Cavallo, ya entregó su razonamiento particular, que se sumará al engrose final del dictamen.

Faltaría además que los ministros Juan Díaz Romero, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo incluyan en el dictamen su voto, al final de cuentas minoritario, con el cual pretendían que se concediera la protección de la justicia al ex militar argentino en relación con el delito de genocidio.

Sólo una vez que ambos trámites procedimentales se cubran -lo que podría ocurrir este fin de semana- la Corte estará en posibilidades de notificar a la SRE la decisión de no conceder el amparo a Sérpico, para que la dependencia inicie el trámite de extradición.

Ayer por la mañana, el subsecretario de Relaciones Exteriores, Enrique Berruga, comentó que se estima concluir el caso en un lapso de entre 10 días y dos semanas, pues la Corte tiene plazo legal de ocho días para notificar a la SRE del fallo, y quedaría ya sólo ajustar con la autoridad española la aplicación de los términos del tratado de extradición y, en combinación con el gobierno de Madrid, dar los siguientes pasos para el envío del reo.

El diplomático explicó además que no se requiere que España ratifique la solicitud de extradición de Cavallo, pues ésta se encuentra abierta y vigente desde septiembre de 2000.

Comentó además que la embajada de Argentina en México no ha formulado requerimiento o solicitud de información alguna respecto a Cavallo.

-ƑQuiere decir que el gobierno argentino está totalmente desentendido de su ciudadano hasta ahora?

-Sí.

En la interpretación de Berruga, la decisión de extraditar al ex militar acusado de genocido y terrorismo resulta un paso importante en términos del derecho internacional y de hecho está en la dirección del Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional, que tiene que ver con ese tipo de comportamientos delincuenciales. El fallo, apuntó, "sienta un precedente internacional para este tipo de delitos".

Además, prosiguió, habla bien de la vigencia y de la protección que se concede en México a los derechos humanos y a la lucha que se libra en el mundo contra la impunidad.


Aclara el ministro que en torno a Cavallo el tribunal sólo resolvió "un juicio de amparo"

Rechaza Silva Meza que la Corte sentara precedente sobre tortura

La decisión, "terminal y eminentemente técnica", debe consumarse con la extradición

JESUS ARANDA

Al negar el amparo de la justicia federal al represor argentino Ricardo Miguel Cavallo y convalidar así la extradición a España, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no emitió opinión alguna respecto a la prescripción del delito de tortura, crímenes de lesa humanidad, extraterritorialidad de leyes, convenios internacionales ni sobre la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, precisó el ministro Juan Silva Meza.

Entrevistado por este diario, aclaró que el máximo tribunal resolvió exclusivamente lo relativo "a un juicio de amparo" en el que se alegaba la violación del artículo 16 constitucional con el argumento de que los tribunales españoles no son competentes para juzgar a Cavallo por los delitos que se le imputan.

Subrayó que la decisión de la Corte es "terminal" y no queda más que la ejecución de la sentencia, consistente en que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) entregue a la justicia española al también conocido por su alias de Sérpico, presunto responsable de genocidio y terrorismo durante la dictadura argentina, de 1976 a 1983.

magistrado_silva_dh3En relación con el engrose -documento final que incluye los votos particulares y de minoría de los ministros, con lo que se oficializa el dictamen-, aclaró que los ministros tienen acuerdos previos para que este trámite se haga pronto y se agilice el cumplimiento de la sentencia.

-La Corte ratificó el amparo al ex militar argentino por el delito de tortura. ¿Cuál es el significado de este resolutivo?

-La Corte confirmó la concesión del amparo que hizo el juez de distrito en virtud de que los argumentos presentados por la SRE y por el Ministerio Público Federal no fueron suficientes para modificar la sentencia del 13 de enero de 2001, del entonces juez sexto de distrito en materia penal, José Luna Altamirano, quien consideró prescrito el delito de tortura.

"No prejuzgo cuál hubiera sido la decisión del pleno al respecto -precisó-, pero como los agravios eran insuficientes, la decisión quedó tal y como la emitió el juez de distrito.

"Por parte del pleno, se trató de una resolución eminentemente técnica en el juicio de amparo, y como no estábamos en condiciones de suplir la deficiencia de la queja, hubo que confirmar la sentencia relativa a tortura."

-¿El juez aplicó en su momento la legislación nacional para determinar que el delito de tortura había prescrito?

-El juez hizo su cómputo de prescripción tomando en cuenta las disposiciones de la ley nacional. Su sentencia y sus consideraciones, correctas o incorrectas, quedaron como tales.

-De acuerdo con el razonamiento del juez, ¿en qué consistió la prescripción?

-Consideró que se excedió el término de los límites legales. Nosotros no hicimos calificación alguna más que la de los agravios, mas no de las consideraciones de fondo de la prescripción ni aplicación de criterios, absolutamente nada. Ahí no entramos.

"Con su sentencia, la Corte no ha hecho ni hace ningún pronunciamiento en relación con la prescripción de la tortura en general. Los ministros no están en condiciones de señalar que esto sea aplicable para todos los casos, sino que cada uno de éstos habrá que analizarlo en forma particular."

-He escuchado opiniones de que con su fallo, la Corte sentó un precedente en cuanto al tratamiento de delitos de lesa humanidad. ¿Es así?

-En realidad no se tocaron esos temas. En la forma en que fue resuelto mayoritariamente se abordan estos tópicos con mucho cuidado, justo para no propiciar la emisión de algún pronunciamiento fuera de lugar.

"Sin embargo, hubo necesidad de acudir absolutamente a todos los conceptos: la jurisdicción universal, la Corte Penal Internacional, los principios que se bordan en torno de la extradición, problemas de territorialidad de estatutos internacionales, personalidades pasiva y activa, aspectos que fueron analizados junto con la legislación de España.

"Pero al particularizar el asunto, nos ceñimos exclusivamente a la violación de garantías que alegaba el quejoso. Si nosotros nos hubiéramos desprendido de la litis constitucional y del tema que era el juicio de amparo, tal vez hubiéramos hecho pronunciamientos que no venían al caso, que nadie pedía.

"Si llegara el asunto algún día, nos pronunciamos, pero en esta ocasión el demandante argumentó que los tribunales españoles carecían de competencia para juzgarlo; el juez de distrito desestimó este planteamiento y finalmente fue la Corte la que determinó si tenía razón el demandante en el sentido de que, al no ser juzgado por un tribunal competente en España, se violaba el artículo 16 constitucional.

"Por otra parte, en el tratado de extradición México-España no se pactó revisar la competencia de los estados. Al no haber pacto se acudió de forma supletoria a la Ley de Extradición Internacional, y ésta precisa exigencias que se deben cumplir en el trámite de extradición, como es que el Estado requirente se comprometa a que el acusado sea juzgado por un juez competente.

"En este caso el reino de España se compromete a que va a ser juzgado por un juez competente; además, Cavallo tiene oportunidad de defenderse ante los tribunales españoles y alegar el tema de la no competencia, tal como quiso que la Corte lo revisara.

"A nosotros no nos toca hacer un pronunciamiento al respecto, porque nos involucraríamos en la soberanía del reino de España para determinar si sus tribunales tienen o no competencia.

"La Corte hizo un pronunciamiento más sencillo al decir: está bien solicitada la extradición, hay fundamento para pedirla y para acordarla, porque la SRE es una autoridad competente."

Silva Meza aclaró que la participación del Poder Judicial de la Federación en el tema de la extradición "no es decisoria", porque es Relaciones Exteriores la que tiene la última palabra.

Sostuvo que la Corte sentó así precedentes importantes en materia jurídica, porque se trató de un asunto inédito en el que un tercer país solicita la extradición de una persona que presuntamente cometió delitos en su nación de origen.

El ministro llamó la atención en el sentido de que este fallo deja ver que "México está en el concierto de las naciones, interpretando la Constitución y las leyes". No es un Estado aislado.

-¿Cuál sería la aportación más importante en cuanto a esta relación con el exterior?

-Un aspecto importante es el entorno, al quitarse toda la carga emocional y subjetiva en relación con los hechos. No que sea un tribunal frío o ausente de una problemática nacional e internacional y humana en sí misma. La decisión está ceñida a los extremos constitucionales, interpretando leyes y tratados con el sentido del lugar y el momento que le toca a esta Suprema Corte.

Destacó que para llegar a su veredicto, el tribunal tuvo 12 sesiones privadas antes de la pública, y analizó cuatro proyectos de dictamen. Aclaró que esa celeridad no significa que hubo una situación "apresurada", sino que el tema Cavallo lo ameritaba, dadas "la complejidad y la trascendencia" que tiene para la vida nacional.


Defensores de las víctimas solicitan al gobierno mexicano "extremar" precauciones

Seguridad de Cavallo, temor en España

El fallo de la Corte cierra el círculo que quedó incompleto en el caso Pinochet, opinan

ARMANDO G. TEJEDA CORRESPONSAL

Madrid, 11 de junio. Con una petición y un alud de elogios y beneplácitos a las actuaciones de la justicia y del gobierno mexicanos, los abogados que representan en España a las víctimas de la represión de la dictadura argentina comparecieron ante los medios de comunicación, un día después del histórico fallo judicial que convalidó la extradición de Ricardo Miguel Cavallo, Sérpico, para ser juzgado en la Audiencia Nacional por los delitos de genocidio y terrorismo.

La petición es que el presidente de México, Vicente Fox Quesada, ordene que se "extremen" los mecanismos de seguridad para evitar que el detenido, también conocido por el alias de Marcelo, sea asesinado durante su reclusión, ya que "hay mucha gente a la que no le interesa que se someta a juicio".

Los abogados de la causa particular y popular en el proceso abierto contra las juntas militares argentinas (1976-1983) en el juzgado de instrucción número 5 -encabezado por Baltasar Garzón-, Carlos Slepoy, Manuel Ollé y José Luis Galán, coincidieron en calificar de "histórico", "sin precedente" y "un hito en el derecho internacional" el fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de México.

Es un fallo que "cierra el círculo de la justicia universal, que quedó inconcluso con el fallido proceso contra el ex dictador chileno, Augusto Pinochet", dijo Slepoy, abogado argentino que también fue víctima de la represión de la dictadura.

Después de recordar que el proceso contra los militares argentinos se inició en 1996, cuando el entonces presidente de la Unión de Fiscales Progresistas, Carlos Castrena, presentó la primera querella ante el juzgado de Garzón, Slepoy explicó que la extradición se aplica en virtud del principio de jurisdicción universal en la persecución de los crímenes contra la humanidad.

"La idea es que para aquellos crímenes que no tienen fronteras, la persecución tampoco las tiene; el territorio en el que se cometen estos delitos es el mundo y esto es lo que pone de manifiesto el procedimiento judicial que se ha abierto en España. Además, el fallo no tiene antecedentes históricos, porque en este caso otro país en el que tampoco se han cometido los crímenes, México, prestó el auxilio judicial, y en virtud de las normas internas e internacionales vigentes acordó la extradición.

"Por ende, significa un salto extraordinario en la concepción de lo que debe ser la persecución de los crímenes contra la humanidad, ya que la naturaleza de estos delitos es lo que determina el carácter universal de la jurisdicción."

Pero los abogados también dejaron de manifiesto su preocupación por la seguridad de Sérpico, ya que una vez extraditado podría abrir "la caja de los truenos" sobre lo que ocurrió en los años oscuros de la represión.

"Sabemos que Cavallo es una persona muy simbólica y cuando pedimos al gobierno mexicano que extreme la seguridad del detenido, estamos pensando en que hay mucha gente a la que no le interesa que sea sometido a juicio. Porque élcavallo-espana7 puede eventualmente decidir en un juicio cuestiones que están pendientes, por descubrirse, y que pudieran llevar a una situación límite. Estoy hablando de datos sobre desaparición forzada de personas, de archivos, registros, participación de gente, etcétera", señaló Slepoy.

Los abogados, que también participaron en el proceso contra Pinochet, recordaron que este esfuerzo fracasó por "razones políticas" y por la actitud del gobierno británico, encabezado por el laborista Anthony Blair.

"Impidió que el ex dictador fuera extraditado o, en su defecto, juzgado en Gran Bretaña, como ordenaban los tratados internacionales; pero en este caso la decisión política del gobierno mexicano nos garantiza que la extradición se va a hacer posible y, por otro lado, se cierra el círculo de la justicia universal, que estaba precedido por el de la impunidad.

"Pero la extradición de Cavallo le da la vuelta a la tortilla y constituye un mecanismo ejemplar de cómo es posible ayudar a los pueblos y a los jueces de aquellos países que no pueden hacer justicia por amenazas, coacciones, etcétera", declaró el defensor.

Cavallo, quien podría ser condenado a miles de años de presión al estar vinculado a 227 casos de desaparición forzada y 110 de secuestros, podría ser entregado a la policía española "en un mes", tiempo que se requiere para cumplir con los formalismos de la ejecución de la sentencia. Slepoy explicó que la decisión "honra a la justicia mexicana y constituye un espaldarazo" a la Audiencia Nacional de España y a la actuación del juez Baltasar Garzón en esta causa.

"Es sin duda alguna un fortalecimiento al derecho internacional, tantas veces proclamado en tantas resoluciones y convenios internacionales, pero tantas veces mancillado. Esta es una reparación para los seres humanos y una idea de la humanidad diferente a la que estamos acostumbrados a recibir."

La única crítica que esgrimieron los juristas a la sentencia fue la restricción a que Cavallo sea juzgado también por tortura. "Conceptualmente es un gravísimo error, porque en Argentina se cometió ese delito de forma sistemática, generalizada y planificada contra miles de personas; por tanto, pasaría a la categoría de crimen contra la humanidad y por tanto es imprescriptible", expuso.

El abogado español Manuel Ollé destacó por su parte que la resolución significa el triunfo de la justicia después de tantos "desgraciados testimonios" escuchados día tras día y año tras año ante el juzgado de instrucción número 5. "Es también un homenaje a los más de 30 mil desaparecidos en Argentina, de los que el propio Cavallo fue en gran parte responsable".

Ollé también exaltó la actuación de la justicia mexicana, al sostener que se trata de "una gran lección que se está dando a todo el mundo", especialmente a América Latina, en una apuesta por la justicia del mundo. "Es la decisión más importante en materia de derecho penal internacional, porque se ha demostrado que sin cortapisa es posible y eficaz que la justicia en el orbe sea una realidad", agregó.

En tanto, el abogado José Luis Galán agradeció a las organizaciones mexicanas de defensa de los derechos humanos que desde el primer momento han estado apoyando la extradición, al tiempo que descartó "posibilidad judicial alguna" que impida que Cavallo sea finalmente juzgado por los crímenes que se le imputan.

"No hay posibilidad legal alguna para que se pueda obstaculizar el juicio, aunque todos sabemos que éste no es agradable a los poderes públicos españoles; cabe pensar en todo tipo de presiones, que de hecho llevamos en estos años, sobre todo la presión negativa de la Fiscalía de la Audiencia Nacional desde el inicio del procedimiento, que no ha parado de poner palos en las ruedas de la justicia."

El proceso judicial contra Cavallo podría coincidir con el del también represor militar argentino Adolfo Scilingo, detenido en España desde hace dos años a la espera de juicio.

En cuanto a la identificación del patrimonio del represor argentino, quien durante el gobierno en México de Ernesto Zedillo fue nombrado director del Registro Nacional de Vehículos, Slepoy explicó: "No se sabe exactamente cuál es. Lo que sí se conocen son las diversas sociedades que se han creado en una red de la que Cavallo formaba parte, la mayoría dedicadas a la documentación. Es un personaje paradigmático en el sentido de que cumplió todos y cada uno de los roles que tuvieron quienes hicieron la represión: fue un oficial operativo, que se dedicaba al secuestro, pero también fue de inteligencia, es decir, que aplicaba las torturas.

"Dirigió y participó en la infiltración en grupos de derechos humanos de distintos países del mundo; en el expolio económico de las víctimas y se dedicó a la falsificación de documentos. A partir de ahí y de las conexiones de la dictadura argentina con otras de América, como Guatemala, Honduras o El Salvador, montó las sociedades que se podrán investigar con el juicio. Pero en este momento todavía no están determinados."

Este patrimonio podría servir para garantizar la indemnización que se destinara a las víctimas de la represión.

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