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Modifican artículos 71, 72 y 78 para garantizar la promulgación de una ley o disposición

Acotan al Ejecutivo: no podrá vetar reformas aprobadas por el Congreso

A partir de ahora dispondrá de 10 días hábiles para publicar los decretos, de lo contrario, el presidente de la Cámara de origen los divulgará en el Diario Oficial para que entren en vigor

 
Periódico La Jornada
Viernes 10 de diciembre de 2010, p. 16

La facultad metaconstitucional del presidente de la República para vetar las reformas aprobadas por el Congreso fue acotada ayer en la Cámara de Diputados, donde se modificaron los artículos 71, 72 y 78 de la Constitución con la finalidad de garantizar que la producción legislativa se promulgue mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación y de inmediato entre en vigor.

Paradójicamente, la reforma, una vez que sea validada por el Senado, tendrá que esperar a que Felipe Calderón la publique para que pueda surtir el efecto que se pretende.

A partir de ahora, el Ejecutivo dispondrá de 10 días hábiles para publicar los decretos aprobados tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores. En caso contrario, el presidente de la Cámara de origen tendrá la facultad de divulgar el decreto en el Diario Oficial para su entrada en vigor.

Durante la sesión de ayer se reconoció el derecho de veto del Ejecutivo para formular observaciones y propuestas de modificación a la ley o decreto y devolverla al órgano legislativo. No obstante haber mantenido la disposición de aplazar el inicio de la vigencia de una ley o decreto, la falta de un mecanismo de sanción para el incumplimiento de la disposición legislativa dio origen a la facultad metaconstitucional del presidente de la República de aplicar lo que se conoce como veto de bolsillo, porque éste se abstiene intencionalmente de promulgar y publicar la ley. Por lo tanto, las adiciones aprobadas ayer a los artículos 71, 72 y 78 de la Constitución impedirán que haya una parálisis en la promulgación y publicación de los proyectos remitidos al Poder Ejecutivo.

Jaime Cárdenas Gracia (PT) refirió que una práctica autoritaria no convive o no puede convivir con un sistema democrático, ni tampoco con un sistema de colaboración de poderes. “Pensamos que esta reforma contribuirá a fortalecer el equilibrio entre los poderes, a evitar los abusos del Ejecutivo y a generar un clima de colaboración entre Ejecutivo y Legislativo.

“La norma constitucional no establecía sanción ni consecuencia jurídica alguna. La sanción  o consecuencia jurídica consiste en que si el presidente o el Ejecutivo no hace la promulgación, no realiza la promulgación debida, es el presidente de la mesa directiva de la Cámara de origen quien ordena la publicación en el Diario Oficial, sin que se requiera refrendo alguno.”

Pablo Escudero (PVEM) dio cuenta de hechos concretos que manifiestan con crudeza el veto de bolsillo. Quiero platicarles qué es lo que tiene hoy el Ejecutivo en sus manos. Tiene el decreto relativo a la cuenta de la hacienda pública federal correspondiente al ejercicio 2002 y 2007; un decreto que reforma el artículo 20 y adiciona los artículos tercero y 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; decreto que expide la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores; decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

A su vez, Nazario Norberto Sánchez (PRD) expuso que la mayoría de la doctrina legal entiende que el ejercicio del veto se vincula con razones de conveniencia política y de armonización del funcionamiento de los poderes del Estado, vale decir que el veto implicaría uno de los tantos resortes de los controles y equilibrios entre los poderes, existiendo múltiples razones, para hacer uso de esta facultad.

Para Porfirio Muñoz Ledo (PT) la pérdida de mayoría política del Ejecutivo en el Congreso federal en 1997 dejó lagunas constitucionales y prácticas perversas.

“Empezamos a modificarlo con el veto de bolsillo. Es un paso adelante, sustantivo, pero seguimos reformando la Constitución a cuentagotas. Pero tenemos que resolver otros problemas. El rezago en esta Cámara, en este Congreso, es verdaderamente patético, fruto de la incuria y la irresponsabilidad.

“No se ha acabado de dictaminar la dictaminación obligatoria. Todos los congresos tienen dictaminación obligatoria, uno o dos periodos de sesiones, y ahí tiene que desecharse o aceptarse o modificarse la iniciativa. No es posible pensar que vamos a seguir arrastrando las trampas, los cochupos, la compra y venta de favores y el chantaje de los partidos que quitan transparencia al proceso político.

La decisión que estamos llamados a tomar desde hace 10 años tiene que ver con la forma de gobierno. Todos estamos de acuerdo en que se requieren mayorías coherentes y estables para gobernar. Por eso propuse crear una comisión de dictamen de reforma del Estado. Pero es otra de las iniciativas que duermen un sueño injusto.