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Los contadores están en la antesala de ser considerados delincuentes, advierte Monreal

Aprueba el Senado el Código Fiscal 2012; somete a los contribuyentes a terrorismo: PT

La minuta fue aprobada sin cambio ni discusión; el Ejecutivo deberá promulgarla

 
Periódico La Jornada
Jueves 27 de octubre de 2011, p. 17

El Senado aprobó sin discusión y sin cambios el Código Fiscal de la Federación que estará vigente en 2012, a pesar de que el coordinador del Partido del Trabajo (PT), Ricardo Monreal, propuso modificar varios artículos, que a su juicio someterán a los contribuyentes a terrorismo fiscal.

Insistió en que se permite la aplicación retroactiva de la ley y a los contadores públicos los coloca en la antesala de ser considerados delincuentes fiscales.

Sus propuestas ni siquiera fueron debatidas, pese a que alertó sobre los riesgos de aprobar un instrumento que pasó de noche y la mayoría de los legisladores ni siquiera estaban enterados de su contenido real.

El petista reservó los artículos 22, inciso b, 69, 109 y séptimo transitorio. Argumentó que este último posibilita la aplicación retroactiva de ese código y cualquier ciudadano podrá enfrentar un proceso por delitos fiscales cometidos incluso 20 años antes. Tal disposición, recalcó, viola el artículo 14 constitucional.

Hizo notar que ese artículo séptimo transitorio está mal redactado y leyó parte del mismo: Para los delitos previstos en el Código Fiscal de la Federación que se hayan cometido con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, se aplicarán los plazos de prescripción y las reglas de cómputo de los mismos previstos en las disposiciones vigentes al momento en que se hubieren llevado a cabo, por lo que para ellos seguirá considerando como la fecha en la que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público toma conocimiento del delito y del delincuente la de la emisión del dictamen técnico contable elaborado por el Servicio de Administración Tributaria. ¿Alguien entiende esto?, preguntó Monreal.

Propuso que se eliminara y planteó también cambios al artículo 109, ya que, explicó, no es justo que se tipifique como defraudador fiscal al contribuyente que presente, para efectos del impuesto sobre la renta u otros gravámenes, comprobantes en forma impresa a los que falte algún requisito.

Ello puede ser por un descuido, incluso por negligencia, pero no puede tipificarse como un delito de defraudación a Hacienda. Un contable que presentó un documento con errores será procesado, lo que abre el camino al terrorismo fiscal.

Nadie subió a tribuna y sus propuestas –otra más encaminada a evitar el abuso de las empresas a través de los regímenes fiscales de excepción– fueron rechazadas, sin más.

Da mucha pena que nadie discuta, parece ser que todo está muy bien planchado o a lo mejor la Secretaría de Hacienda lo cabildeó muy bien, señaló.

La minuta pasó al Ejecutivo para su promulgación.