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Atenta contra los consumidores y privilegia a cierto sector del comercio, argumenta

Invalida la Suprema Corte la norma 29

Restringía la instalación de tiendas de autoservicio

Había sido impugnada por la PGR

 
Periódico La Jornada
Martes 25 de junio de 2013, p. 35

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este lunes una norma aprobada en 2011 por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), mediante la cual se restringía la instalación de tiendas de autoservicio en la ciudad de México, con el propósito de proteger a las misceláneas, los mercados tradicionales y las tiendas de abarrotes.

Diez ministros coincidieron en que la llamada norma 29 viola el artículo 28 de la Constitución –el único voto disidente fue el de la ministra Olga Sánchez Cordero–, ya que, según coincidieron los ministros, es contraria a los principios de libre competencia y libre concurrencia, amén de que atenta contra los intereses de los consumidores.

A finales de 2012, la SCJN había definido por seis votos contra cinco que la ALDF violó procedimientos al aprobar la norma, pero la votación fue insuficiente para invalidarla, y por tanto se turnó el caso al ministro Alberto Pérez Dayán, para que presentara un nuevo proyecto en el que se abordaron los temas de fondo planteados en esta acción de inconstitucionalidad.

La norma 29 fue anunciada en abril de 2011 por el entonces jefe de Gobierno, Marcelo Ebrard, y en cuestión de días fue aprobada por la mayoría perredista en la ALDF, lo que motivó la presentación de una acción de inconstitucionalidad de la Procuraduría General de la República (PGR) ante la Suprema Corte.

Esta norma sólo permitía la instalación de nuevas tiendas de autoservicio en zonas de uso mixto, por lo que los 10 ministros que la invalidaron consideraron que se trataba de una segmentación del mercado, que es sancionada por la Carta Magna al constituir una práctica monopólica absoluta.

Los ministros coincidieron en que la norma 29 es inconstitucional porque perjudica a los consumidores, privilegia a cierto sector del comercio y nunca se explicó cuáles serían los beneficios concretos para la sociedad.