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El caso de la clavadista Laura Sánchez, una de las referencias

Aprueban dictamen para tipificar el hostigamiento sexual contra atletas
 
Periódico La Jornada
Viernes 7 de agosto de 2009, p. a19

La Comisión de Juventud y Deporte de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen de reforma al artículo 259 bis, del Código Penal Federal, para tipificar el delito de acoso sexual de entrenadores, preparadores, árbitros, directivos o representantes de deportistas contra éstos, a quienes además de la pena prevista de multa equivalente a 40 días de salario mínimo, se les destituiría de su cargo.

La modificación, que se votó en la última sesión de trabajo de la comisión, establece que el delito se perseguirá por querella de la parte ofendida, salvo que la víctima sea menor de edad o declarada incapaz, cuando se perseguirá de oficio. Sin embargo, la votación del dictamen tendrá que esperar a la siguiente Legislatura, que se inicia en septiembre próximo.

Se busca extender el marco jurídico de protección de los deportistas, específicamente su libertad sicosexual, porque se encuentran en una situación de vulnerabilidad ante las circunstancias en las que se desarrolla comúnmente la relación deportista-entrenador e integrantes del cuerpo técnico.

Los legisladores votaron en favor de la iniciativa del diputado de Convergencia, José Luis Aguilera Rico, presentada en septiembre de 2008, quien en tribuna argumentó que en el ámbito deportivo, el vestidor, los viajes fuera del entorno familiar y la estrecha convivencia entre el deportista y su entrenador pueden fomentar situaciones de acoso y abuso sexual.

El legislador refirió que se trata de un problema tabú que en pocas ocasiones se denuncia, pero que está tan extendido que debemos levantar una voz de alarma.

El dictamen recogió el argumento, en el sentido de que el acoso causa en los deportistas enfermedades sicosomáticas, ansiedad, depresión y abuso de medicamentos, y resaltó que las víctimas, en casos extremos, pueden llegar a la autolesión o al suicidio, aunque generalmente abandonan la práctica deportiva como efecto indeseable causado por el acosador.

Al respecto, la comisión determinó que las organizaciones deportivas de todos los niveles en el país desarrollen políticas de prevención y evaluación del efecto de prácticas abusivas y fomenten la denuncia de cualquiera que tenga conocimiento de casos de acoso sexual. Su obligación, señaló, es que no se queden callados y los casos se ventilen.

En su propuesta, Aguilera Rico dijo que en 2004 el deporte mexicano fue sacudido por el escándalo protagonizado por la clavadista Laura Sánchez Soto, su madre y su entrenador, Francisco Rueda, y la esposa de éste. Rueda, recordó, fue separado del equipo nacional y expulsado de la Federación Mexicana de Natación por falta de ética.

La comisión citó un estudio reciente de la Asociación Deporte, Mujer y Salud, que preside la entrenadora Charlotte Bradley Reus, realizado entre 150 atletas, del cual se concluyó que 71 por ciento de los consultados fue víctima de acoso sexual o conocía a alguien que lo había sido, de los cuales en 67 por ciento de los casos el agresor fue el entrenador y en 92 por ciento el hostigamiento ocurrió dentro de las instalaciones deportivas.

El dictamen hace referencia al caso del abuso de Rueda: “dentro del deporte mexicano existen casos igualmente lamentables, de los cuales pocos se han hecho públicos, como los suscitados con las clavadistas Azul Almazán, Cristina Millán y Laura Sánchez con su entrenador Francisco Rueda, junto con su esposa, en 2004.

El preparador se había hecho cargo de Sánchez desde que tenía ocho años y se denunció que durante el tiempo que estuvo bajo su subordinación y educación deportiva, ella mantuvo relaciones sexuales con él y con su esposa.