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En comisiones, proyecto de dictamen que modifica siete artículos de la Constitución

Discuten en el Senado acciones legales contra el sobrendeudamiento de entidades

Buscan que la ASF tenga facultades para fiscalizar directamente el uso de los recursos

 
Periódico La Jornada
Martes 9 de abril de 2013, p. 14

En el proyecto de dictamen de reforma constitucional en materia de disciplina financiera de entidades federativas y municipios, que hoy discutirán las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos del Senado, se modifican siete artículos de la Carta Magna para facultar al Congreso a expedir leyes en la materia y al Senado para sancionar las estrategias de ajuste de finanzas de los estados que tengan niveles elevados de deuda. También se autoriza a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para fiscalizar directamente a los estados y municipios y auditar el destino y ejercicio de los recursos de la deuda.

Asimismo, con estos cambios constitucionales se ordena a los gobiernos locales que estatuyan en sus marcos jurídicos que los servidores públicos de los estados y municipios serán responsables del manejo indebido de recursos públicos y de la deuda pública; asimismo se fortalece la rendición de cuentas en el uso de endeudamiento, al fortalecer las atribuciones de las entidades de fiscalización de los estados para revisar las acciones en los estados y municipios en materia de fondos, recursos federales, locales y deudas.

Se reforma la Constitución para precisar el uso responsable del endeudamiento y, al mismo tiempo, garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas, ya que en el artículo 117 se mantiene la prohibición de contraer empréstitos con gobiernos de otras naciones, personas físicas o morales extranjeras.

Con estos cambios a la Constitución, el Congreso deberá expedir una ley aplicable a estados, municipios y al Distrito Federal en materia de deuda.

Con esta reforma se modifican, entre otros, los artículos 25, 73, 76, 79, 108, 116 y 117 de la Carta Magna. En el 25 se propone que el Estado cuidará que la hacienda pública procure el equilibrio presupuestario y las sostenibilidad financiera, tomando en consideración los ciclos económicos nacionales e internacionales; en el 73, se faculta al Congreso para expedir leyes en materia de responsabilidad hacendaria y de coordinación fiscal con el objeto de que se tengan finanza públicas sostenibles; en el 76 se faculta al Senado para sancionar las estrategias de desajuste de finanzas públicas de los estados que tengan niveles elevados de deuda, calificados tales niveles por un sistema de alertas.