jornada


letraese

Número 211
Jueves 6 de Febrero
de 2014



Director fundador
CARLOS PAYAN VELVER

Directora general
CARMEN LIRA SAADE

Director:
Alejandro Brito Lemus

pruebate




editorial

¿Qué esperan las autoridades del IMSS para afiliar a los cónyuges del mismo sexo? ¿Qué les impide reconocer ese derecho? ¿La Ley del Seguro Social es el obstáculo?

En los amparos interpuestos contra el IMSS y el ISSSTE por los matrimonios del mismo sexo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que las leyes de seguridad social se deben interpretar conforme a la Constitución. Es decir, que en las solicitudes de afiliación a las instituciones se deben guiar por el Artículo 1º constitucional, que establece los derechos a la igualdad y la no discriminación, y no esperar a que se reformen las leyes de la materia para extender el beneficio de la seguridad social a las parejas de sus derechohabientes homosexuales. Después de todo, la Constitución está por encima de cualquier ley secundaria.

Así lo entendieron las autoridades del ISSSTE al acatar las resoluciones e inscribir como derechohabientes a los cónyuges del mismo sexo. En contraste, las autoridades del IMSS se han rehusado, de manera mezquina, a seguir ese ejemplo y han preferido seguir aplicando la norma discriminatoria, y a todas luces inconstitucional.

Actitud similar manifiesta el Senado de la república al mantener en la congeladora a iniciativas de reformas a las leyes de seguridad social ya aprobadas por los diputados. Esta cerrazón ha dejado como único camino el judicial para acceder a
los derechos.