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Los interesados no recibieron a tiempo la información requerida

Se deben pagar gastos no recuperables a consorcio ganador del TAV: testigo social
 
Periódico La Jornada
Jueves 5 de febrero de 2015, p. 27

Humberto Santillana Díaz, quien fungió como testigo social en la licitación del Tren de Alta Velocidad (TAV) México-Querétaro, señaló en el informe final que entregó a la Secretaría de la Función Pública (SFP), que la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal está obligada a pagar los gastos no recuperables que haya realizado el consorcio ganador, por no haberse firmado el contrato luego de que la Presidencia de la República decidió anular el fallo. Asimismo, señaló que las empresas interesadas en el concurso no recibieron a tiempo toda la información que requerían para integrar sus propuestas, y dijo que dada la magnitud de la obra, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) debería considerar en la nueva licitación –postergada indefinida- mente– dar más tiempo a las empresas para integrar sus ofertas.

El pasado primero de diciembre la SCT notificó al consorcio integrado por China Railway Construction Corporation, Teya, GIA+A, Prodemex y GHP que no firmaría el contrato para la realización de esta obra, un día antes de la fecha programada para la firma del contrato. El testigo social emitió su informe final el 3 de diciembre.

Sin aludir a la decisión del gobierno de la República de anular el fallo mediante el que se declaró ganador del concurso al consorcio encabezado por China Railway, el testigo social señaló en su informe que conforme a lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento, en caso de que una dependencia no firmara el contrato respectivo estará obligada a cubrir al consorcio ganador aquellos gastos no recuperables en que hubiere incurrido para la elaboración de su propuesta, como resultado de la cancelación de la firma del contrato respectivo, ajustándose para este caso a los lineamientos indicados en el artículo 70 del reglamento, previsto en los párrafos 2 y 3 de dicho artículo.

El testigo señaló que la notificación de que no se firmaría el contrato ocurrió en las oficinas del consorcio el primero de diciembre a las 17 horas, acto del que dio fe el notario público 56, Eduardo Martínez Urquidi. Añadió que en la licitación cancelada se dieron 61 días para la presentación de propuestas y no 20 como marca la ley.

Recomendó que en el próximo concurso se dé más tiempo a los concursantes para la integración de las propuestas, debido a la magnitud del proyecto que incluye diversas disciplinas como construcción, operación y equipo rodante, entre otras.