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La cifra, sólo por impuestos de exploración y explotación compartida de hidrocarburos

El Estado recibirá $21 millones por dos bloques de la ronda uno: CIEP
 
Periódico La Jornada
Domingo 26 de julio de 2015, p. 21

Por la adjudicación de los dos bloques de la primera licitación de la ronda uno para la exploración y explotación compartida de hidrocarburos, el Estado mexicano recibirá 20 millones 956 mil 200 pesos anuales sólo por los impuestos de las actividades mencionadas, además de la cuota de exploración, estimó el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP).

En su estudio titulado: Guía de ingresos fiscales de la licitación 1 de la ronda uno, el especialista Fernando Ramones Fernández advirtió que es complicado definir el monto que recibirá el Estado, debido a la cantidad de criterios que existen, los precios y probabilidades de éxito comercial.

Al bloque 2, localizado en aguas someras frente a las costas de Veracruz, con una superficie de 194 kilómetros cuadrados (km2) y el bloque 7, frente a las costas de Tabasco y con una extensión de 465 km2, se les asigna una probabilidad de éxito comercial de 20 y 14 por ciento, respectivamente.

Sin embargo, las autoridades hacendarias estiman que si el bloque 2 tiene éxito aportará entre 74 y 86 por ciento de las utilidades operativas, y el bloque siete entre 83 y 88 por ciento de sus utilidades, incluyendo cuotas contractuales, regalías e impuesto sobre la renta (ISR).

De acuerdo con la Ley de ingreso sobre hidrocarburos, mientras el consorcio ganador –encabezado por la mexicana Sierra Oil & Gas– se encuentre en fase de exploración y dentro del límite de los 60 meses, pagará por el bloque 2 una cantidad anual de 2 millones 677 mil 200 pesos de cuota de exploración y 3 millones 492 mil pesos del impuesto para la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos (IAEEH).

En el caso del bloque 7, éste pagará anualmente 6 millones 417 mil pesos de cuota de exploración y 8 millones 370 mil pesos de IAEEH.

Lo anterior, derivado de lo establecido en el artículo 23 de la Ley de ingresos sobre hidrocarburos (LISH), donde se precisa que los contratistas pagarán una cuota de exploración, dependiendo del área del bloque obtenido. Esta cuota, en los primeros 60 meses, será de mil 150 pesos por kilómetro cuadrado, mientras que, si es por encima de 60 meses, la cuota será de 2 mil 750 pesos.

En el artículo 55 de la LISH se establece que en la fase exploratoria del bloque, los contratistas pagarán mensualmente el impuesto para la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos de mil 500 pesos por kilómetro cuadrado.

Por la subasta de los 14 bloques distribuidos en aguas someras del Golfo de México, el gobierno federal estimaba obtener inversiones de unos 16 mil millones de dólares y la creación de 45 mil empleos. Sin embargo, con los dos únicos bloques asignados el monto de inversiones será de apenas 2 mil 600 millones de dólares y unos 6 mil 428 nuevos puestos de trabajo directos.

Los contratos por los cuales se regirán los dos bloques subastados y asignados serán de producción compartida, donde el Estado, por medio del Fondo Mexicano del Petróleo, recibirá tres diferentes contraprestaciones: cuota por exploración, regalías y porcentaje de utilidad operativa.

El CIEP reconoce que debido a que los bloques son en primera instancia de exploración, es complicado realizar estimaciones de las tres contraprestaciones que los contratistas deben de pagar al Estado.

El gobierno prevé que de tener éxito exploratorio el consorcio integrado por Sierra Oil & Gas, Talos Energy y Premier Oil, el primer barril con producción comercial podría ser al final de la actual administración en 2018.

Al tener una referencia de precios y del valor contractual de cada hidrocarburo, el consorcio deberá pagar mensualmente al Estado una regalía dependiendo si es petróleo, gas natural y/o condensados.

Las tasas de las regalías están determinadas en el artículo 24 de la LISH y serán ajustadas a la inflación de Estados Unidos, de acuerdo con el anexo de contrato de producción compartida, considerando que dichas tasas varían según sea el nivel de precios de cada periodo.

Con relación a la distribución de las utilidades operativas, es importante recordar que uno de los factores determinantes para que el consorcio liderado por Sierra Oil & Gas obtuviera las asignaciones de los bloques 2 y 7, era proponer un porcentaje de la participación del Estado en la utilidad operativa que cumpliera con el valor mínimo que plantearon las autoridades y que fuera mejor que a la de otros los participantes de la licitación.

En el caso de los dos bloques, el porcentaje mínimo era de 40 por ciento, y la propuesta del consorcio en el bloque 2 fue de 55.99 y en el bloque 7, de 68.99 por ciento.