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Declara fundado el recurso de queja que interpuso la magistrada Petra Quezada

Frena tribunal segunda relección de Elías Azar al frente del TSJDF

Al parecer no cumplió con los requisitos de elegibilidad

La decisión es provisional

 
Periódico La Jornada
Jueves 3 de diciembre de 2015, p. 41

El noveno tribunal colegiado en materia administrativa concedió la suspensión provisional contra la toma de posesión de Édgar Elías Azar al declarar fundado el recurso de queja 307/2015, lo cual le impide seguir con su segunda relección como presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF). Aún falta esperar a que el mismo órgano judicial determine, el próximo jueves, si otorga la suspensión definitiva, lo cual obligaría al pleno del órgano judicial a designar a un presidente interino.

Fuentes del Poder Judicial de la Federación afirmaron que la magistrada de la séptima sala civil del TSJDF, Petra Quezada, y otro grupo de funcionarios judiciales cercanos a ella, pidieron el amparo de la justicia federal, tras considerar que Elías Azar presuntamente no cumplió los requisitos de elegibilidad, y que su relección violó cinco artículos de la Constitución, entre ellos el 116, que garantiza la independencia y autonomía de los tribunales estatales y del Distrito Federal.

Sin embargo, cabe la posibilidad de que el próximo jueves el citado tribunal colegiado niegue la suspensión definitiva y entonces Elías Azar asuma el cargo de presidente mientras el juicio de amparo tramitado por la magistrada Quezada se resuelve.

Por la tarde, el Consejo de la Judicatura Federal emitió una tarjeta informativa para precisar que el tribunal colegiado estableció en su resolución que la magistrada quejosa argumentó como acto reclamado del pleno del TSJDF, la elección del magistrado Édgar Elías Azar, llevada a cabo el 4 de noviembre de 2015, al no cumplir con los requisitos de elegibilidad.

Señaló que entre las violaciones supuestamente cometidas durante el procedimiento de elección la quejosa reclamó el registro del mencionado magistrado como aspirante a ocupar la presidencia de ese cuerpo colegiado, efectuado en la sesión del 12 de octubre de 2015; la omisión de verificar de oficio la elegibilidad de los aspirantes registrados, en particular la de Édgar Elías Azar; la omisión de resolver la impugnación contenida en escrito de fecha 12 de octubre de 2015, firmada por varios magistrados, la cual se hizo en relación con las bases que se deberán seguir para la elección del presidente del TSJDF para el periodo 2016-2018; así como el registro del magistrado presidente en funciones para contender por tercera ocasión y de manera continua a la presidencia del mismo.

Desde el martes por la noche, entre los magistrados del TSJDF ya se hablaba de la determinación, por lo que empezaron a hablar del nombramiento de un interino, y pese a que se dieron varios nombres, el pleno es el único facultado para designar a quien sustituya, dado el caso, a Elías Azar, a partir del primero de enero de 2016.

La Ley Orgánica del tribunal no precisa quién será el sustituto, por lo cual no es determinante que el decano quede en el interinato y tome las riendas del órgano judicial durante el periodo que tarde en resolverse el fondo del juicio 2133/2015.