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Pretexta SHCP razones administrativas para no crear fideicomiso

Incumple el gobierno la ley de extinción de dominio, tres años después de creada
 
Periódico La Jornada
Domingo 18 de noviembre de 2012, p. 7

El gobierno federal ha incumplido la Ley Federal de Extinción de Dominio, ya que tres años después de su entrada en vigor no ha creado el fideicomiso en que se deben depositar los recursos obtenidos por la venta de bienes decomisados a integrantes de bandas dedicadas al secuestro, trata de personas, robo de vehículos y delitos contra la salud, que se repartirían a víctimas de esos ilícitos para reparar el daño causado por los delincuentes.

Funcionarios ministeriales y judiciales señalaron que por razones administrativas del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) o con el argumento de que ya existe la Procuraduría de Atención a Víctimas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) no ha permitido que integre dicho fideicomiso, el cual permitiría que la Procuraduría General de la República y jueces especializados puedan desahogar más de 50 casos de ese tipo de víctimas en el país.

Las fuentes consultadas manifestaron que el SAE posee más de 300 millones de pesos en bienes y más de 100 millones en efectivo que ya debían haber sido depositados en el fideicomiso.

La Ley Federal de Extinción de Dominio establece que los remanentes del valor de los bienes que resulten se depositarán por el Servicio de Administracioón y Enajenacioón de Bienes en el fondo a que se refiere el artículo 61 de esta ley, sin que por ese hecho adquiera el carácter de fideicomitente y se requiera la autorización de su titular para tal efecto.

En el artículo 57 de la norma se especifica que el SAE estará a lo que el juez determine, siempre que exista cantidad líquida suficiente, derivada del procedimiento de extinción de dominio correspondiente, y que los jueces especializados en esa materia deberán especificar en su sentencia o resolución correspondiente los montos a liquidar, la identidad de los acreedores y el orden de preferencia entre los mismos.

Agrega: Los bienes sobre los que sea declarada la extinción de dominio o el producto de la enajenación de los mismos serán adjudicados al gobierno federal y puestos a disposición para su destino final a través del SAE, y que los recursos solamente deberán ser utilizados para reparación de daños a víctimas de la delincuencia, no para pago de salarios ni administrativos de alguna institución.