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Constancio Carrasco argumenta que hubo una deliberación pública sobre el tema

Sin intencionalidad política, el fallo que impide ser candidato a Ebrard: TEPJF

Fue cauteloso al hablar de la conversación telefónica filtrada del presidente del INE

 
Periódico La Jornada
Miércoles 27 de mayo de 2015, p. 14

En la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que canceló en definitiva la posibilidad de que el ex jefe de Gobierno del Distrito Federal Marcelo Ebrard pudiera participar como candidato a diputado por el Movimiento Ciudadano (MC) no hubo intencionalidad política, sostuvo el magistrado presidente de ese órgano, Constancio Carrasco, quien dijo que hubo una deliberación pública para resolver.

En otro orden de ideas, cuestionado sobre el espionaje telefónico al consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Carrasco fue cauteloso y sostuvo: tenemos un orden constitucional que determina en el artículo 16, y tenemos toda una construcción de estado de derecho que impone la no permisibilidad de este tipo de alteraciones del orden jurídico mediante estos instrumentos.

–¿Coincide con los consejeros del INE que hablan de una intención deliberada, de atentado de socavar la autoridad de quienes dirigirán el próximo proceso electoral?

–Soy muy respetuoso como titular de la Sala Superior del Tribunal Electoral, como presidente, de los posicionamientos del INE, de frente al proceso electoral, lo miro con respeto, nosotros tenemos nuestra propia lógica de frente a estos debates.

Entrevistado en el contexto de la firma del convenio de colaboración con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Carrasco Daza señaló que en la resolución del viernes pasado los magistrados consideraron que la pretensión del MC de impulsarlo como candidato a diputado por la misma circunscripción, pero ahora en calidad de suplente, atentaba contra los efectos de la primera resolución que determinó una infracción a la ley general y así se resolvió.

Recordó que en una primera instancia, por mayoría de magistrados, se consideró improcedente su postulación, toda vez que participó en dos procesos internos de forma paralela, el del MC y el del Partido de la Revolución Democrática. Esta situación no es posible en el contexto legal vigente, motivo por el cual se le revocó su registro como candidato en las dos ocasiones que lo intentó.