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Destacan fallos en materia educativa y de derechos humanos

Presentan hoy informes de la primera y segunda salas de la Suprema Corte
 
Periódico La Jornada
Jueves 10 de diciembre de 2015, p. 6

El año 2015 ha sido prolífico para la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ha resuelto una enorme cantidad de asuntos de gran trascendencia, cuyo eje medular es la protección de los derechos humanos en materia educativa, penal, civil y familiar, entre otras, además de establecer importantes precisiones sobre derecho administrativo.

En materia educativa la Corte declaró la constitucionalidad de la mayoría de las Leyes Generales de Educación y del Servicio Profesional Docente, así como la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

El informe de las actividades de la primera y segunda salas de la Corte en 2015 se dará a conocer este jueves en sesión pública, y el informe del pleno se realizará el próximo viernes.

En el tema educativo, el cúmulo de asuntos resueltos puede dividirse en dos campos: el de los amparos promovidos por docentes contra de las Leyes Generales de Educación y del Servicio Profesional Docente, así como la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

Entre los temas que se analizaron resalta la negativa de amparo y la consecuente validación de los artículos que regulan la permanencia en el servicio profesional docente, donde se establece la obligación de someterse a evaluaciones, así como las consecuencias de no aprobarlas o no someterse a ellas.

El segundo campo comprende las controversias constitucionales promovidas por el Poder Ejecutivo federal contra diversas disposiciones en materia educativa de los estados de Zacatecas, Baja California, Michoacán, Chiapas, Morelos y Sonora, por no haber armonizado de manera adecuada la legislación local con lo dispuesto en la reforma constitucional publicada en 2013.

En todas las controversias el pleno de la SCJN invalidó diversos artículos o porciones de éstos, fundamentalmente por haber pretendido regular cuestiones del servicio profesional docente, materia que es competencia exclusiva del Congreso de la Unión.

Caso extraordinario es el de Oaxaca, donde el problema consistió en la omisión total y absoluta de las autoridades locales de expedir su legislación educativa. La SCJN estableció un plazo para que se expida y promulgue esa normativa, que concluye el 16 de abril de 2016.

En materia de derecho penal, al resolver el expediente 1396/2011, el pleno de la Corte delimitó las obligaciones del Poder Judicial de la Federación para el cumplimiento de diversas sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Entre esas obligaciones están que los jueces deberán llevar a cabo un control de convencionalidad ex oficio en un modelo de control difuso de constitucionalidad; debe restringirse la interpretación del fuero militar en casos concretos, en el sentido de que frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles, bajo ninguna circunstancia debe operar la jurisdicción militar, además de establecer diversas medidas administrativas a cargo del PJF.