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Que los deudos sean reconocidos como víctimas directas, plantea proyecto de ministro

El Estado debe garantizar que asesinatos en San Fernando no queden impunes: SCJN
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Al caso de las fosas clandestinas encontradas en San Fernando en 2011 se suma el de 72 migrantes asesinados en una bodega (en la imagen) de ese municipio tamaulipecoFoto Ap
 
Periódico La Jornada
Martes 16 de febrero de 2016, p. 10

La Procuraduría General de la República (PGR) debe reconocer a familiares de las personas encontradas sin vida en 2011 en el municipio de San Fernando, Tamaulipas, como víctimas directas, por lo que tienen derecho a acceder y tener copias (simples o certificadas) de la averiguación previa, constancias y demás información contenida en ésta.

Establece lo anterior el proyecto de dictamen del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Jorge Pardo Rebolledo, en el que ampara a la madre y hermana de dos salvadoreños que aparecieron sin vida en el municipio de San Fernando, donde fueron encontrados un total de 120 cadáveres en fosas clandestinas.

Pardo Rebolledo propone ordenar también a la PGR, que encabeza Arely Gómez, que informe a las quejosas de las investigaciones realizadas sobre los cadáveres o restos humanos hallados, y que indique si existe material genético para identificar los restos.

El asunto, listado para resolverse hoy, señala también que la PGR debe atender la petición de las quejosas Bertila Parada de Osorio, Alma Yesenia Realegeño y/o Alma Yessenia Realegeño a que les sea reconocido su derecho a conocer la verdad, el cual incluye el derecho de la víctima o de sus familiares a obtener de los órganos del Estado el esclarecimiento de los hechos violatorios y las responsabilidades correspondientes.

El ministro sostiene que el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos, asegurando en tiempo razonable el derecho de las presuntas víctimas o sus familiares a que se haga todo lo necesario para conocer la verdad de lo sucedido y se sancione a los responsables: realizando una investigación con la debida diligencia, completa y exhaustiva.

Sin embargo, precisa que en caso de que una vez contrastado el material genético proporcionado por las quejosas, con todos y cada uno de los 120 cuerpos encontrados, se llegare a la conclusión de que ninguno corresponde al cadáver de su familiar, entonces la petición de información y expedición de copias de la averiguación previa dependerá de la decisión que emita la Corte con respecto a los amparos en los que se analizará la facultad del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para calificar si una averiguación previa debe desclasificarse por estar relacionada con una violación grave a los derechos humanos o un delito de lesa humanidad.

Por otra parte, el proyecto no reconoce el derecho de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático para ser reconocida parte del juicio, por no tener interés legítimo.