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Insta asociación a senadores a presentar acción de inconstitucionalidad contra cambio a ley

Cuestionan que se antepongan intereses económicos a derechos de las audiencias
 
Periódico La Jornada
Jueves 23 de noviembre de 2017, p. 25

La Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) y nueve organizaciones más instaron a senadores que se abstuvieron o votaron en contra de las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que anulan los derechos de las audiencias, a que presenten una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Los legisladores colocaron por encima de los derechos de las audiencias, incluidas personas con discapacidad, niñas y niños, los intereses económicos y políticos de los concesionarios de la radio y la televisión, en pleno proceso electoral, y crearon un régimen de excepción para la industria de la radiodifusión, según el cual la tutela de los derechos de las audiencias queda debilitada, y su transgresión sin la posibilidad de ser sancionada. Un derecho fundamental como el de las audiencias, que deriva del derecho a la información, queda desprotegido contraviniendo el principio de progresividad de los derechos humanos, lo cual es inconstitucional.

Asimismo estas organizaciones hicieron un llamado al pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para que interponga una controversia constitucional, defienda sus facultades y autonomía, y alertaron que el instituto no debe abrogar los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias publicados el 21 de diciembre de 2016, pues de hacerlo, quedarían sin materia las controversias constitucionales promovidas por los poderes Legislativo y Ejecutivo.

Sin embargo, el presidente del órgano regulador, Gabriel Contreras, señaló que así como el Congreso ha sido respetuoso con las resoluciones del pleno, el IFT lo será con las decisiones de los legisladores, con lo que descartó la posibilidad de presentar una acción de inconstitucionalidad.

Las organizaciones explicaron que las reformas aprobadas violan el artículo primero constitucional; el principio de progresividad por el que una vez que se ha avanzado en la efectividad de un derecho el Estado no puede retroceder; así como del principio de protección que obliga al Estado a crear los mecanismos para impedir que particulares violen los derechos de terceros, que en este caso son los concesionarios frente a las audiencias.

Detallaron que las reformas en cuestión se aprobaron sin cumplir con los procedimientos parlamentarios, con la violación al Reglamento del Senado de la República con bancadas ausentes y en medio de una severa crisis institucional. El pleno del Senado aprobó con 72 votos a favor, 13 en contra y tres abstenciones la minuta que contenía las reformas.

Ante el resultado, 10 organizaciones hicieron un llamado a los senadores que votaron en contra de la minuta y a quienes se abstuvieron de convalidar las irregularidades legislativas y el atropello a los derechos de las audiencias, que afecta a la nación entera y las generaciones por venir que serán audiencias de la radio y la televisión, a presentar una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN.

Señalaron que entre los retrocesos de la minuta aprobada en el Senado se encuentran la violación al artículo sexto constitucional de prohibir la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa. Los legisladores también desmantelaron las facultades del IFT para regular, emitir lineamientos y aplicar sanciones a los concesionarios que transgredan algunos de los derechos de las audiencias.

Los especialistas señalaron que la reforma desnaturalizó la función social de los defensores de las audiencias al convertirlos en empleados de las empresas de radio y televisión, coartándoles su independencia. También alteró los objetivos de los códigos de ética de los medios, los cuales no podrán ser verificados por el organismo regulador.

Esta iniciativa es impulsada por la Amedi, la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias AC, Artículo 19 Oficina para México y Centroamérica, Asociación Mundial de Radios Comunitarias, Consejo Nacional para la Enseñanza y la Investigación de las Ciencias de la Comunicación, Asociación Mexicana de Investigadores de la Comunicación AC, Comunicación Comunitaria, R3D Red en Defensa de los Derechos Digitales, Red por los Derechos de la Infancia en México y el Observatorio de las Telecomunicaciones en México.