Sociedad y Justicia
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Cuestiona la actuación de la Ssa en torno a la norma 046

ONG demanda la comparecencia de José Ángel Córdova ante diputados
 
Periódico La Jornada
Martes 10 de marzo de 2009, p. 40

La Coalición por la Salud de las Mujeres demandó la comparecencia en la Cámara de Diputados del titular de la Secretaría de Salud (Ssa), José Ángel Córdova, y cuestionó si la dependencia ha actuado con seriedad en relación con la norma 046 sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres, modificada en dos ocasiones. La publicación de esa regla en el Diario Oficial es inminente, prevé la agrupación.

La más reciente versión de la regulación, aprobada el 27 de febrero, sigue sin cubrir los derechos de las mujeres, los cuales ya estaban incluidos en el texto de julio de 2008 y fueron eliminados con la modificación que se aprobó el 28 de enero.

El viernes pasado se publicaron en el Diario Oficial las respuestas a los comentarios recibidos y las modificaciones al proyecto de la norma 046, por lo que en breve se podría publicar la regulación, agregó la coalición en un comunicado.

Sostuvo que a pesar de las irregularidades del proceso, es importante contar con una norma que obligue al sector salud a la prevención, la atención y la reparación del daño por violencia sexual, a la prestación de servicios basados en los derechos humanos de las mujeres, a la capacitación de personal y a la rendición de cuentas, con base en el marco normativo.

El último texto, aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades de la Ssa, utiliza un lenguaje que refuerza las barreras de acceso a las mujeres a los abortos por violación, señaló.

Lo anterior, precisó, ocurre porque tiene una redacción que se presta a una interpretación tendenciosa, específicamente cuando plantea que en todos los casos se requiere autorización de la autoridad competente, lo cual es erróneo, ya que en una norma no se puede introducir este requisito cuando no lo establece el correspondiente Código Penal.

Detalló que se mantienen limitaciones para la prestación de servicios de las víctimas de violencia sexual, como la autorización de los padres o tutores en el caso de menores de edad, y se incluyó el reconocimiento de la objeción de conciencia no sólo para el personal médico, sino también para el de enfermería.

Recordó que la versión de la norma de julio precisaba el tratamiento integral de las mujeres afectadas por la violencia sexual, y hacía énfasis en la obligación del personal de salud de proporcionarles anticoncepción de emergencia, de informar sobre las alternativas para la interrupción legal del embarazo y de garantizar servicio médico de calidad y calidez. Todo eso quedó fuera con la modificación que el comité hizo el 28 de enero.