Opinión
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Controversias por mandato
E

l pasado 14 de abril el Ejecutivo federal presentó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuatro controversias contra entidades que a su juicio han contribuido a perfilar lo que Mexicanos Primero llama oportunidad perdida, esto es, la puesta en práctica de la mal llamada reforma educativa en sentido contrario a la misma.

Mal parado queda Peña Nieto, pues aquí sí el orden de los factores altera el producto. Una semana antes se incrementó desde los promotores de la reforma laboral, para hablar claro, la difusión de un balance que alertaba de las desviaciones normativas y la omisión de algunas entidades al armonizar su legislación con la reforma constitucional referida. Las solícitas controversias recuperan uno a uno los argumentos de esta campaña. Ya ni las formas cuidan en esta nueva etapa príista: antaño primero anunciaban oficialmente el golpe y luego organizaban el aplauso, perdón, el respaldo social genuino.

¿De qué hablamos? El titular de la Secretaría de Educación Pública advirtió el mes pasado que estaba por concluir el plazo para la armonización, que 20 entidades cumplieron y el resto lo haría en los días próximos. Señaló además que, como toda norma imperfecta, si no cumplían, no habría sanción. Faltaba más, advirtieron los padrinos de la reforma y en un desplegado plantearon la controversia como camino. Una semana después el vocero de Los Pinos difundía sus argumentos como contenido de las controversias. En efecto, las entidades acusadas fueron Oaxaca, por considerar que existe una omisión total de armonizar la legislación local con la reforma educativa (sic), pese a que hay un proceso en curso, pues el pasado 10 de marzo el gobernador Gabino Cué, el presidente de la mesa directiva del Congreso local, Jesús López Rodríguez, y el dirigente de la sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), Rubén Núñez, firmaron un acuerdo para iniciar la conformación de una comisión especial para la construcción de una nueva Ley Estatal de Educación para el estado.

El gobierno oaxaqueño firmó con la CNTE una declaratoria política para realizar 37 foros de consulta para consensuar el contenido de la reforma a la Ley Estatal de Educación, y a ello le llamaron sometimiento en diversos medios. En el caso de Chiapas se impugnaron ocho artículos de su legislación por invadir facultades federales o modificar los contenidos de las leyes generales, por admitir la participación sindical en programas de capacitación y no vincular los programas de gestión escolar a los lineamientos del orden federal. En Michoacán se impugnaron cuatro artículos: se otorgó preminencia a la legislación local sobre la ley general, al decir que ésta es sólo supletoria cuando, de acuerdo con criterios de la SCJN, corresponde a la ley general definir los criterios contenidos y los alcances de la ley local, por ser materia concurrente y además permitir que el Estado regule alimentos y bebidas, y defina estándares e indicadores para la evaluación media superior.

Y en Sonora se impugnaron 27 artículos, pues sus extralimitaciones van desde modificar parámetros del servicio profesional y buscar regular el proceso de evaluación, que son competencias del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, hasta permitir la intervención de sindicatos en los procesos de capacitación y evaluación, pues estableció como marco normativo para el servicio profesional docente todo lo consignado en contratos colectivos de trabajo, decretos, reglamentos, convenios, minutas o acuerdos anteriores o posteriores a la reforma educativa, con lo que se desconoce el espíritu y la letra de la reforma.

Por lo pronto el gobierno de Oaxaca ya anunció que acatará la resolución de la Corte a la luz del proceso legislativo que actualmente se encuentra en marcha. Los próximos días la SCJN decidirá si se admiten dichas controversias, si son fundadas; de hacerlo, será importante observar las consideraciones sobre el federalismo, pues los estados libres y soberanos, como dice el artículo 40 constitucional, al armonizar pueden considerar también otras leyes que contienen derechos adquiridos; no necesariamente tendría que ser letrista la regulación de la mal llamada reforma educativa.

No parece sencillo para la SCJN simplemente atenerse a los dichos del Ejecutivo y, tras el proceso formal, proceder a invalidar lo impugnado en Chiapas, Michoacán y Sonora, y ordenar que se cubra la omisión en el caso de Oaxaca. No si se abordan los casos en lógica constitucional. Hay interrogantes abiertas sobre los márgenes de las entidades al armonizar localmente disposiciones generales, también sobre la óptica respecto a sus contenidos. Resulta evidente que las entidades impugnadas no actuaron como simple oficialía de partes.

Quedamos en espera de respuestas jurídicas congruentes . Por lo pronto destaca la motivación política de estas promociones y los intereses que se privilegian. Sin duda en Los Pinos los compromisos se cumplen y éstos no son con el magisterio, ni mucho menos con la calidad educativa.