Sociedad y Justicia
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Desde 1994 somos personas morales, exentas del ISR, con obligaciones fiscales

Desconoce Hacienda realidad de asociaciones religiosas al pedir facturación electrónica: CEM

No es ni humana ni económica ni geográficamente posible donde no existe Internet, señala

 
Periódico La Jornada
Miércoles 13 de agosto de 2014, p. 42

La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) señaló que las asociaciones religiosas están registradas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como personas morales no lucrativas y, por tanto, están exentas del pago de impuesto sobre la renta (ISR) en los ingresos que destinen a su objetivo como tal.

Eugenio Lira Rugarcia, secretario general de la CEM, detalló en una entrevista que desde hace poco más de 20 años las asociaciones están registradas ante Hacienda, tienen registro federal de causantes (RFC) y por ende pagan impuestos, luego que en 1992 se realizaron cambios constitucionales que dieron identidad jurídica a las iglesias.

Desde 1994 las iglesias cumplen con obligaciones fiscales, informan también de las retenciones por concepto de salario y pagos por servicios recibidos y, al igual que otras personas morales no lucrativas, están exentas del impuesto sobre la renta por los ingresos propios que obtengan como consecuencia del desarrollo del objeto que haya señalado en sus estatutos, por ejemplo, limosnas, diezmos y donativos, siempre que éstos se apliquen a los fines religiosos.

Aclaró que los ingresos que no sean destinados a propósitos religiosos u obtenidos por medios distintos de la asociación pagan impuestos: es el denominado remanente no distribuible.

Indicó que el problema que han hecho público desde hace meses es que la disposición de Hacienda obligaba a presentar las declaraciones de forma electrónica desde el próximo mes, lo cual el SAT pospuso a enero de 2015.

Refirió que para muchas asociaciones religiosas no es ni humana ni económica ni geográficamente posible llevar una contabilidad electrónica, emitir facturas electrónicas o bien contar con constancias de retención con sello digital, por lo cual estimó que en esta disposición de Hacienda hubo desconocimiento de la realidad de muchas asociaciones religiosas.

En el caso de la Iglesia católica hay conventos de clausura o agrupaciones religiosas misioneras en zonas alejadas en las que es imposible contar con Internet o con una computadora.