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Fuentes judiciales confían en que se revierta aprobación del Senado

Pleno de la SCJN invalidará ampliación de periodo de magistrados electorales
 
Periódico La Jornada
Martes 20 de junio de 2017, p. 13

El proyecto de dictamen que plantea invalidar la ampliación del periodo de los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aprobado indebidamente por el Senado de la República, debe ser apoyado sin problemas por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sostuvieron fuentes judiciales, las cuales agregaron que no se explicarían que algún ministro votara en contra, salvo por intereses personales.

Entrevistados en relación con el proyecto elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, el cual discutirá la Corte y en el que da la razón a Morena y al PRD en una acción de inconstitucionalidad para dejar sin efecto el aumento en el cargo de seis a ocho años de los magistrados Felipe Alfredo Fuentes y Reyes Rodríguez, así como de tres a siete años a Indalfer Infante y José Luis Vargas, los funcionarios coincidieron en que al respecto ya hay criterios jurídicos del pleno.

Nombramientos, intactos

Se deberían reunir sin problemas los ocho votos necesarios para declarar la inconstitucionalidad de dicha ampliación, indicaron.

Además, manifestaron su conformidad con el proyecto, el cual, dijeron, no invalida los nombramientos ni las actuaciones de los juzgadores, al señalar que deberán permanecer en su cargo para el tiempo que fueron designados originalmente.

Así, de ser aprobado el documento, la designación de los magistrados Fuentes y Rodríguez quedaría de siete a tres años –terminando el 31 de octubre de 2019–, mientras Infante y Vargas pasarían ocho a seis años, finalizando el 31 de octubre de 2022.

El documento de Gutiérrez Ortiz Mena da la razón a Morena y al PRD, partidos que impugnaron, mediante una acción de inconstitucionalidad, la reforma que amplió las gestiones de cuatro integrantes de la Sala Superior del TEPJF el 3 de noviembre pasado.

Gutiérrez sostiene que dicha ampliación fue un nuevo acto, lo que implicaba necesariamente la eventual participación de la Suprema Corte en la selección de candidatos, lo cual no ocurrió.

Propone así, invalidar el Decreto por el que se reforma el artículo cuarto de las disposiciones transitorias de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como diversas reformas legales por trasgredir y violar los principios constitucionales de seguridad jurídica e irretroactividad de la ley, división de poderes, acceso a la justicia e independencia judicial.

El documento subraya que la relevancia del caso radica en que, ante cualquier aumento o disminución al mandato de un cargo público, cuyo titular se elige mediante un procedimiento específico, una vez que se ha designado a la persona que va a ocupar dicha función, ninguna norma secundaria puede afectar tal nombramiento.

Por ello, al modificarse el nombramiento y aumentar el periodo de las magistraturas, la designación implicó retrotraer efectos y provocar inseguridad jurídica.